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Cámara de Apelaciones

G.G.C.I - VILLALBA LORENA ISABEL S/ROBO EN GRADO DE TENTATIVA

El Ministerio Público Fiscal apeló la absolución por intento de robo contra dos imputadas ocurrida el 27-01-2026 en Mar del Plata. La Cámara revocó la absolución por violación del debido proceso motivacional y condenó a C. I. G. G. y L. I. V. como coautoras de robo en grado de tentativa, reenviando la causa para imponer pena.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION Y GARANTIAS EN LO PENAL SALA III - MAR DEL PLATA
Fuero
GARANTÍAS EN LO PENAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
40059
Recurso de apelacion Robo en grado de tentativa Revocacion de absolucion Violacion del debido proceso motivacional Sana critica Prueba testimonial Prueba documental (video Fotos) Camara de apelacion y garantias sala iii Mar del plata Reenvio para imposicion de pena

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Leandro Arévalo y sostenido por el Sr. Fiscal General Dr. Fabián Fernández Garello.

¿A quién se demanda?

C. I. G. G. y L. I. V., imputadas por intento de robo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna la sentencia de fecha 4-9-2026 que absolvió a las imputadas del hecho calificado como Robo en grado de tentativa ocurrido el 27-01-2026 en calle Rizzutto entre Valencia y López de Gómara, solicitando que se revoque esa absolución y se declare acreditada la materialidad y la participación penalmente responsable.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría (2 votos), la Cámara revocó la sentencia absolutoria, condenó a C. I. G. G. y L. I. V. como coautoras penalmente responsables del delito de Robo en grado de tentativa y reenvió las actuaciones a la instancia de origen para que allí se fije la pena.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es dable señalar que el objeto de la doctrina de la arbitrariedad no es corregir en la instancia superior fallos equivocados, sino señalar los defectos graves de fundamentación o razonamiento que tornen ilusorio los derechos oportunamente invocados por la parte quejosa (CSJN Fallos: 310:234)."

"La teoría del 'máximo rendimiento' del recurso permite inspeccionar las inferencias realizadas por el magistrado y de este modo la aplicación de las reglas de la sana crítica..."

"El magistrado desvirtuó el cuadro probatorio que sustentaba la acusación violando la reglas de la lógica... Para descartar la prueba de la parte acusadora, debía contraponerse prueba conducente o pertinente al mismo objeto procesal..."

"La certeza sobre la acreditación de la materialidad delictiva y la participación penalmente responsable de C. I. G. G. y de L. I. V. surge sin hesitación de la prueba producida en juicio oral."

Fragmentos probatorios que la Cámara valoró como contundentes:

Declaración de H. F. C.: observó "dos mujeres ... en la parte posterior de una camioneta, habían abierto la tapa de la caja del rodado y estaban sacando elementos del interior, recordando un carrito de bebé."

Declaración de J. D. F.: vio "una camioneta estacionada, con la puerta de caja abierta y dos mujeres en el lugar, con cosas fuera del rodado" y participó de la retención.

Prueba documental: "la secuencia que ilustra el video ... donde prístinamente se advierte que una persona a la postre identificada como G. G., abre el portón trasero del rodado, mientras una segunda luego identificada como V. se para a escasos metros, en la calle, en posición de vigilancia, para luego comenzar a extraer entre ambas elementos..."

Declaración de la víctima A. D. V. F.: dejó la camioneta "perfectamente cerrada", al regresar "habían abierto la tapa de la caja" y constató daño en el mecanismo de cierre cuyo arreglo costó "doscientos ochenta mil pesos".

Votación y mayoría: Votaron a favor los Dres. Pablo Martín Poggetto (preopinante) y Alfredo José Deleonardis; la decisión se adoptó por mayoría (2-0). El bloque dispositivo final confirma la revocación y condena.

Fallos que cita

  • "-"CSJN · Fallos 310:234
  • "Casal"CSJN

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