JurisprudenciaARG
Primera Instancia

CEVASCO ANIBAL ANSELMO C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El actor promovió regulación y fijación de honorarios extrajudiciales contra ART LA SEGUNDA. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional y reguló honorarios, imponiendo el pago de 14,692 JUS previsionales ($782.110,68) al letrado Cevasco y ordenando transferencias bancarias y plazos de pago conforme lo pactado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO N° 5 - MAR DEL PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MP-16635-2026
Honorarios Homologacion Acuerdo transaccional Art Transferencia bancaria Jus previsionales Ley 15.057 Ley 14.967 Tasa de justicia Regulacion de honorarios

¿Quién es el actor?

CEVASCO, ANIBAL ANSELMO.

¿A quién se demanda?

LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación / fijación de honorarios extrajudiciales y judiciales y homologación de acuerdo transaccional.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo conciliatorio en cuanto por derecho corresponde, se revalidó la cantidad de 14,692 JUS PREVISIONALES equivalentes a $782.110,68 a favor del letrado Cevasco, con costas a cargo de la demandada; se reguló además honorarios de otros letrados (7 JUS para Dr. L. A. Fernández Scudeller, diferimiento para la Dra. López Escribano hasta acreditar cumplimiento de leyes 8480 y 10268) y se fijaron condiciones de forma de pago (transferencia bancaria, plazos de diez días de quedar firme el auto regulatorio, suspensión del plazo hasta acreditar cuenta).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057 conf. Res. 1840/24 SCBA), deberá homologarse la misma, teniendo presente lo demás manifestado e imponiéndose las costas a la demandada (SCBA 10-9-95 'Garzon c/ El Mangrullo..' en Carpetas DT 1985-2434)."

"Respecto de los honorarios extrajudiciales y judiciales, de los profesionales intervinientes, en pleno ejercicio de las facultades ordenatorias previstas por el art. 12 de la Ley 15.057 y en procura del resguardo de los principios de economía y celeridad en la percepción de sus acreencias, póngase en conocimiento del obligado al pago que los montos correspondientes a honorarios extrajudiciales y judiciales de letrados intervinientes con mas aportes e IVA en caso de corresponder, deberán ser cancelados mediante transferencia bancaria directa a las cuentas que a tal efecto denuncien los mismos."

"De conformidad a lo acordado por las partes, en concepto de honorarios extrajudiciales, se revalida la cantidad de 14,692 JUS PREVISIONALES que equivalen al día de la fecha a PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO DIEZ CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($782.110,68) a favor del letrado CEVASCO, ANIBAL ANSELMO y a cargo de la parte demandada ART LA SEGUNDA, pagaderos en la forma pactada por las partes con costas a cargo de la demandada mencionada."

"Los pagos de los estipendios profesionales determinados en el presente acuerdo deberán ser efectuados dentro del término de diez (10) días de quedar firme el presente auto regulatorio (conf. Art. 54 Ley 14967) ... a quienes se intima para que en el plazo de dos días denuncien en autos los datos que permitan realizar dichas transferencias, entidad, sucursal bancaria, tipo y número de cuenta bancaria, CBU y CUIL/T y condición tributaria que revisten ante el IVA, quienes quedarán obligados a justificar el cumplimiento de sus aportes respectivos dentro del plazo legal (conf. Art. 14 ley 6716), adjuntando los comprobantes pertinentes, bajo apercibimiento de oficiar a la Caja de Abogados."

"Hágase saber que se eximirá de la tasa de justicia en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 ley 15.057 conf. Res. 1840/24 SCBA)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Garzon c/ El MangrulloSCBA · 10/09/1995

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.