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Primera Instancia

MILLER FERNANDO MARTIN C/ ORGANIZACION COORDINADORA ARGENTINA S.R.L. S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido indirecto y reclamó indemnizaciones y rubros salariales. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la demandada a pagar $1.203.951, actualizable desde el 03/05/2019 según art. 55 ley 27.802, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - SAN ISIDRO
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SI-2417-2021
Despido indirecto Indemnizacion Lct Actualizacion (art. 55 ley 27.802) Haberes adeudados Art. 15 ley 24.013 Art. 2 ley 25.323 Costas Honorarios Cuenta judicial (art. 277 lct / ley 26.590)

¿Quién es el actor?

MILLER FERNANDO MARTIN, por despido indirecto y rubros salariales e indemnizatorios.

¿A quién se demanda?

ORGANIZACION COORDINADORA ARGENTINA S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento de relación de dependencia, indemnizaciones por despido indirecto (antigüedad, preaviso, integración de mes), haberes adeudados (dic-2018 a may-2019), SAC, vacaciones proporcionales, rubros previstos en leyes 24.013, 25.323 y entrega de certificados (art. 80 LCT), entre otros.

¿Qué se resolvió?

Rechazó la excepción de prescripción; hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la demandada a abonar $1.203.951.-; actualizó el capital desde el distracto (03/05/2019) conforme art. 55 ley 27.802; intimó al actor para aportar cuenta bancaria; impuso costas a la demandada y reguló honorarios (17% actor; 12% demandada).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) Rechazar la excepción de prescripción articulada por la demandada (art. 256 LCT)."

"2°) Hacer lugar parcialmente a la demanda promovida por MILLER FERNANDO MARTIN contra ORGANIZACION COORDINADORA ARGENTINA S.R.L. condenando a ésta última a abonar a la parte actora la suma de pesos $1.203.951.- por los conceptos detallados al tratar la primera cuestión de esta sentencia."

"3°) Conforme lo resuelto, el capital de condena deberá actualizarse desde la fecha del distracto (03/05/2019) hasta el momento en que se practique la liquidación conforme lo establecido en el art. 55 de la ley 27.802."

Además, en los considerandos sobre la relación laboral y la acreditación probatoria:

"Analizando toda la prueba acompañada y producida en autos, la prueba testimonial producida ha logrado formar convicción sobre mí (art. 54 inc. b) ley 15.057) estableciendo que efectivamente el reclamante fue empleado en relación de dependencia de ORGANIZACION COORDINADORA ARGENTINA S.R.L."

Sobre incumplimientos y consecuencias indemnizatorias:

"En virtud de lo expuesto el actor se erige acreedor de las indemnizaciones derivadas del despido indirecto justificado; a saber: indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva del preaviso e integración del mes de despido (arts. 232, 233 y 245 L.C.T.) con más la incidencia del sueldo anual complementario correspondiente..."

En cuanto a la actualización e intereses aplicables:

"El art. 55... dispone... la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada a estos fines por el Banco Central... El inciso b) establece un 'techo'... el inciso c) establece un 'piso'... En suma, se deben realizar dos operaciones distintas y luego ponderar los resultados... Finalmente, habiendo recabado los tres datos mencionados, se analiza si el resultado de la operación del inc. a) se encuentra dentro de los límites que marcan los incisos b) y c)."

(Se aclara que los tres jueces votaron en igual sentido y el bloque dispositivo final es el que se afirmó como decisión del Tribunal.)

Normas que cita

Fallos que cita

  • MORCILLO HUGO HECTOR C/ PROVINCIA DE BS. AS. S/ INCONST. DECR.-LEY 9020SCBA · 08/11/2017
  • Yotti, María Silvia c/ Camino del Abra S.A.C.V. y otros s/ Indemnización por despidoSCBA · 06/06/2012
  • Cockshott, Juana Vera c/ Jardín y Colegio Nuevo Mundo S.R.L. y otros s/ DespidoSCBA · 19/12/2012

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