GARCIA JUAN CARLOS C/ IGLESIAS JULIO CESAR S/ DESPIDO N°0
El actor promovió demanda por despido y omisión de registración laboral reclamando indemnizaciones y multas. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó al demandado a pagar $5.070.400 por diversos rubros, aplicando actualización por IPC e interés del 3% anual conforme ley 27.802.
¿Quién es el actor?
García, Juan Carlos (con patrocinio del Dr. Gabriel Ángel Lencina).
¿A quién se demanda?
Iglesias, Julio César (empresa que opera como "La Chancha Gloriosa", frigorífico en Morón).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Despido y reclamos indemnizatorios por falta de registración del contrato de trabajo, indemnización por antigüedad, preaviso, S.A.C., integración del mes de despido, días trabajados, remuneraciones adeudadas, multas por omisión de registración (ley 24.013), indemnización según ley 25.323, multa por entrega de certificados, agravamiento por DNU 34/2019 y otros rubros accesorios.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal del Trabajo N°1 de Morón hizo lugar en parte a la demanda y condenó al demandado al pago de PESOS CINCO MILLONES SETENTA MIL CUATROCIENTOS ($5.070.400.-), rechazó determinadas pretensiones (ej. art. 132 bis LCT y reclamo de vacaciones no gozadas por FIGUEREDO ISIDRO), impuso costas a la demandada, dispuso actualización por IPC y 3% anual conforme ley 27.802 y ordenó depósitos, liquidación por Secretaría y regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La declaración de rebeldía que se dispuso en autos, en razón de la incontestación de la demanda lo que implica haber incumplido la carga procesal de reconocer o negar categóricamente cada uno de los hechos expuestos en la demanda, la autenticidad de la documentación que se les atribuye y la recepción de los telegramas a ellos dirigidos (cfr. art. 33 de la ley 15.057 y art. 354 del C.P.C.C.). Extremo que constituye presunción de verdad de los hechos lícitos afirmados por el actor en su escrito introductorio de la instancia..."
"En mérito a la contumacia de la parte demandada (art. 33 de la ley 15.057), y considerando los efectos que importan la aplicación al caso de la presunción contenida en el art. 55 de la L.C.T. ante la ausencia de registros laborales y contables exhibidos por el empleador, quien intimado por el Tribunal, no los puso a disposición, habré de tener por cierto y probado que el accionante ingresó a laborar a las órdenes del accionado el 15/6/2011 tal como se adujo al demandar."
"Atendiendo a lo que se tuviera por probado he de colegir que lo argumentado por la actora al considerarse injuriada en relación a la omisión de registración del vínculo - reviste entidad suficiente para dar por concluido el contrato en los términos del art. 242 L.C.T.. ... Consecuentemente, habré de proponer se haga lugar al reclamo indemnizatorio incoado con sustento en el art. 245 L.C.T.... difiera a condena la suma de $650.000.- ($65.000 X 10 períodos) en concepto de indemnización por antigüedad ..."
"EL TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 DE MORON RESUELVE 1) HACER LUGAR EN PARTE A LA DEMANDA incoada por GARCIA JUAN CARLOS contra IGLESIAS JUIO CESAR y condenar a la demandada a pagar al actor, la suma de PESOS CINCO MILLONES SETENTA MIL CUATROCIENTOS CON 0/100 CENTAVOS ($5.070.400.-) ... 3) Imponer las costas de la acción a la demandada vencida en lo principal (cfr. art. 24 del ritual). 4) Disponer que el monto por el que procede la acción devengará intereses conforme lo normado por el art. 55 inc "c" ley 27.802 ..."
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Verónica Luján Sanchez vota con los considerandos transcritos; las Dras. Carolina Noale y María Florencia Blanco Kühne adhieren al mismo voto, por lo tanto la decisión es por unanimidad del Tribunal.
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Leyes que cita
- Ley 24.013Ley de empleo
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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