CANONICO FÁTIMA C/ ASOCIART ART S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Solicitud de regulación de honorarios por actuación extrajudicial en sede de la SRT por divergencia en determinación de incapacidad. El Tribunal reguló los honorarios de la Dra. Fátima Canónico en 7,50 JUS (más 10% Ley 10.268 e IVA) y ordenó su pago a cargo de la demandada, imponiendo además costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
La Dra. Fátima Canónico.
¿A quién se demanda?
ASOCIART ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación judicial de honorarios profesionales por trabajos extrajudiciales realizados en la Comisión Médica Nº 126 (Expte. administrativo SRT 608014/25) por divergencia en la determinación de incapacidad y acto conducente al dictamen favorable para el administrado.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al pedido de regulación de honorarios de la Dra. Fátima Canónico y se reguló el importe en 7,50 JUS con más el 10% del art. 2 de la ley 10.268 e IVA, imponiéndose el pago a cargo de la demandada dentro de los diez días de quedar firme la sentencia; se impusieron las costas a la demandada. Además, se reguló en 1,45 JUS los honorarios de la Dra. Fátima Canónico y de la Dra. Romina Maineri por lo actuado en el trámite de determinación judicial de honorarios extrajudiciales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se presenta en autos la Dra. FÁTIMA CANONICO solicitando se regulen los honorarios profesionales conforme lo establecido en el art. 55 de la Ley 14.967 por su labor llevada a cabo en el ámbito de la Comisión Médica Nº 126 de la ciudad de Tandil, en el marco del Expte. administrativo SRT 608014/25 con motivo de 'DIVERGENCIA EN LA DETERMINACIÓN DE LA INCAPACIDAD' en favor de NAVARRO SUAREZ CESAR MARTIN."
"Expuestos brevemente los antecedentes del caso, revisadas las íntegras actuaciones administrativas se vislumbra que el indicado procedimiento adquiere plena entidad y utilidad con relación al motivo de inicio, desde que es aceptada por la CMJ el carácter laboral de la contingencia, pues, el damnificado intervino con la debida asistencia técnica que le permite transitar el procedimiento obligatorio impuesto por la reglamentación; necesario para el inicio de la acción judicial, habiéndose consumido el objeto/motivo con el dictamen emitido por el Servicio de Homologación validando el procedimiento y el posterior archivo de las actuaciones, consumándose así el objeto que le dio razón de ser al trámite administrativo."
"Por lo que corresponde valorar la actuación profesional en el indicado procedimiento que adquirió singularidad y autonomía permitiendo la obligada y necesaria intervención de la profesional letrada tratándose de una obligación de medios y no de resultados."
"Sin necesidad de otras consideraciones, por el trámite administrativo sometido a evaluación y consideración, sin contar con base económica, corresponde regular los honorarios del la Dra. FATIMA CANONICO, teniendo presente el mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada, en 7.50 Jus (arts. 1, 7, 16 inc. a), b), c), e), g) h), arts. 21, 43, 44 y 55 de la ley 14.967, arts. 36 y 37 y ccds. de la Resol. SRT 298/2017)."
Bloque dispositvo final (transcripción textual relevante):
"REGULAR los honorarios de la Dra. FATIMA CANONICO por trabajos extrajudiciales llevados a cabo en sede administrativa SRT 608014/25, en la cantidad de 7.50 JUS ... con más el 10% que determina el art. 2 de la ley 10.268 e IVA, en caso de corresponder importe que deberá ser abonado por la demandada, dentro de los DIEZ DÍAS de quedar firme la presente sentencia, bajo apercibimiento de ejecución ... IMPONER las costas a cargo de demandada (art. 24 de la Ley 15057). REGULAR los honorarios de la Dra .FATIMA CANONICO y los de la Dra. ROMINA MAINERI por lo actuado en el presente trámite de determinación judicial de honorarios extrajudiciales, en la cantidad de 1,45 JUS para cada una de ellas ... NOTIFÍQUESE el presente en éste acto, con su entrega en forma electrónica, sin necesidad de otro instrumento, ni de formato cédula (art. 143 inc. 1ero. del C.P.C.C.)."
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Normas que cita
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 7, 9, 16, 21, 22, 43, 44, 55
- Ley 27.348art. 1 · Riesgos del trabajo
- Ley 10.268 (Provincia De Buenos Aires)art. 2
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 24
- Resolución SRT 298/2017arts. 36, 37
- C.P.C.C. (Provincia De Buenos Aires)art. 143 inc.1
- CÓDIGO CIVIL Y COMERCIALart. 552
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