MEZA BLANCA ELISA C/ ASOCIART SA ART S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La actora reclamó prestación dineraria por incapacidad permanente y adicional por accidente de trabajo ocurrido el 06/08/2024. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a ASOCIART S.A. ART al pago de $5.899.995,10 conforme porcentaje de incapacidad fijado en 9,12% y aplicando reajuste por RIPTE.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor)
MEZA BLANCA ELISA, representada por el Dr. Maña Juan Pablo.
A quién se demanda (Demandado)
ASOCIART S.A. ART, representada por la Dra. Maineri Romina.
Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Reconocimiento y pago de la prestación dineraria por incapacidad permanente (art. 14 inc. 2) a) Ley 24.557) por el accidente de trabajo denunciado, más el adicional del art. 3 de la Ley 26.773. Se acompañó liquidación por $7.978.216,91.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
Se hizo lugar a la acción en los términos peticionados. El Tribunal determinó incapacidad parcial y permanente del 9,12%, fijó como monto de condena $5.899.995,10 (incluye reajuste RIPTE y adicional del 20% por Ley 26.773) y condenó en costas a la demandada. Reguló honorarios.
Fundamentos principales de la decisión (textos y citas relevantes del fallo)
"Del expediente administrativo 046993/25 de trámite ante la Comisión Médica nro. 126 ... se dictaminó que la actora sufrió un accidente de trabajo y que posee un 3,33% de incapacidad parcial y permanente ..."
"El Sr. Perito Médico designado en autos Dr. Farina ... en su informe de fecha 18/03/26 señala: 'Incapacidad actual: Tomando en cuenta los baremos de la "Tabla de Evaluación de las Incapacidades Laborales", decreto 549/25, la peritada presenta: "Limitaciones funcionales de rodilla izquierda", por lo cual tiene una incapacidad actual, parcial y permanente del 9,12% de su V.O.T... .'"
"Teniendo en cuenta los fundamentos dados por el Señor Perito, tratándose de un profesional de la medicina designado por sorteo, imparcial y objetivo, entiendo que no debemos apartarnos de su diagnóstico y porcentaje de incapacidad."
"En el caso de autos la incapacidad determinada por el Decreto 659/96 es del 10,56% y la determinada por el Decreto 549/25 es del 9,12% por lo cual la prestación dineraria por incapacidad permanente ... la diferencia no alcanza al 33% entre una y otra, por lo que el planteo de inconstitucionalidad no resulta procedente."
"En conclusión ... ha quedado debidamente acreditado el infortunio padecido por la accionante ... y que como consecuencia del mismo presenta un 9,12 % de incapacidad parcial y permanente."
"II.- A continuación practico liquidación ... Res.18/24 $ 28.906.583.- x 9,12% = $ 2.636.280,30.- 20% art. 3 ley 26.773 $ 527.256,06.- TOTAL $ 3.163.536,30.- Reajuste por Ripte conforme Res. 332/23 ( 86,50%) $ 5.899.995,10.-"
"Por ello el Tribunal del Trabajo de Tandil resuelve dictar la siguiente: SENTENCIA: I.- Hacer lugar a la acción entablada por MEZA BLANCA ELISA ... II.- Condenar a ASOCIART S.A. ART para que abone ... $5.899.995,10.- ... III.- Imponer las costas a la accionada vencida. ( art. 24 ley 15.057)"
Votos / mayoría
El voto que abrió la sentencia (Dra. Persson) fue acompañado por los Dres. Iacaruso y Soria; la resolución que se publica corresponde al acuerdo de la mayoría.
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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