JurisprudenciaARG
Primera Instancia

GAGGERO, MIRTA SILVIA c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La actora promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra ARCA por la aplicación del impuesto a las ganancias sobre su haber jubilatorio. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen que grava jubilaciones y ordenó la devolución de las retenciones y que se abstengan de practicar nuevas retenciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE PARANÁ 2 - SECRETARIA CIVIL Y COMERCIAL 1
Fuero
FEDERAL DE PARANÁ
Jurisdicción
Federal · Entre Rios
Expediente
FPA 010900/2026
Impuesto a las ganancias Jubilaciones Inconstitucionalidad Doble imposicion Reintegro Arca Tasa pasiva bcra Accion declarativa Seguridad social Devolucion de retenciones

¿Quién es el actor?

MIRTA SILVIA GAGGERO (jubilada).

¿A quién se demanda?

AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO (ARCA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad e inaplicabilidad, para el caso concreto, del régimen del impuesto a las ganancias (arts. 1º, 2, 82 inc. c y correlativos de la ley 20.628 y sus modificaciones por leyes 27.346, 27430, 27725 y 27743 y normas reglamentarias vinculadas), con petición de cese de retenciones y devolución de lo retenido más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró, para el caso concreto, la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen del impuesto a las ganancias en los términos indicados; se ordenó a la demandada reintegrar en diez (10) días los montos retenidos por el período no prescripto más tasa pasiva promedio del BCRA; se notificó al organismo liquidador para que se abstenga de futuras retenciones; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la mengua del haber previsional mediante la retención de un porcentaje de aquel, en concepto de impuesto a las ganancias, afecta notablemente su esencia, y por lo tanto le impide cumplir con su finalidad."

"Esto lleva a una doble imposición, por un lado el fisco percibió el tributo por el trabajo personal y por otro lado, percibe el mismo impuesto, por el beneficio previsional derivado de aquella labor por la cual ya se tributó."

"Sumado a ello, no puede considerarse al haber previsional como una ganancia. La ganancia es una utilidad obtenida por una prestación o una renta; y el haber jubilatorio o de pensión, no cuenta con estas características, por el contrario... su finalidad es paliar la contingencia vejez, está financiado por los aportes efectuados durante la vida activa."

El juez se remitió además a la jurisprudencia de la Corte Suprema: "la CSJN en la causa: 'Garcia María Isabel c/ AFIP s/ Acción Meramente Declarativa de Inconstitucionalidad', sentencia del 26-03-2019, ... ha declarado la inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c); 79, inc. c); 81 y 90 de la ley 20628 ... y a los argumentos allí expresados y a los cuales me remito por razones de brevedad."

Se ordenó el reintegro "más tasa pasiva promedio del BCRA (según causa SPITALE de la CSJN)".

No constan votos en disidencia; la resolución es en única instancia por el juez que firma.

Normas que cita

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.