JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

DIAZ, RAMIRO SEBASTIAN c/ MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION

Amparo por mora administrativa respecto de inscripción en REPROCANN. La Cámara Federal de Mar del Plata declaró la cuestión abstracta por haberse emitido el acto administrativo solicitado, revocó la sentencia de grado y condenó en costas a la demandada, teniendo por presentada a su apoderada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE MAR DEL PLATA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FMP 025418/2025/CA001
Amparo Mora administrativa Reprocann Derecho a la salud Inscripcion administrativa Costas Ministerio de salud Celeridad administrativa Sentencia revocada Acto administrativo

¿Quién es el actor?

Ramiro Sebastián Díaz (amparista).

¿A quién se demanda?

Ministerio de Salud de la Nación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo por mora de la Administración por demora en la inscripción en el Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (REPROCANN).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró que la cuestión devino abstracta en virtud del acto administrativo dictado por la demandada; revocó la sentencia de primera instancia, impuso las costas de ambas instancias a la entidad demandada y tuvo por presentada a la Dra. María Florencia Collado, constituyendo su domicilio procesal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"III) Finalmente, se presenta la entidad demandada -a través de su apoderada Dra. María Florencia Collado- manifestando haber aprobado la solicitud de inscripción al Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (REPROCANN) y adjuntando el acto administrativo pertinente (ver escrito del 21/03/2026)."

"Tal como señaló mi distinguido colega, ha quedado demostrado en autos que el accionar del demandado motivó la promoción de la acción (Fallos: 307:2061; 317:188). En efecto, surge de la prueba documental acompañada que el amparista formuló la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Personas Autorizadas al Cultivo Controlado de Cannabis con Fines Medicinales y/o Terapéuticos (REPROCANN) el 15/8/2025. A la fecha de la interposición de la demanda (19/12/2025), el trámite se encontraba 'pendiente de evaluación'. Finalmente, el certificado de trámite autorizado fue emitido el 20/1/2026 y agregado al expediente el 21/3/2026, esto es, en forma posterior a la sentencia de grado y hallándose la causa a estudio de esta Alzada por el recurso de la parte actora (ver presentación de la demandada del 21/3/2026)."

"La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha destacado '(…) la necesidad de que, atendiendo a los valores en juego, las solicitudes de autorización sean tramitadas y resueltas de manera rápida a fin de evitar que una deficiente implementación del régimen normativo previsto en la ley 27.350 torne ilusorio el derecho a la salud que se busca asegurar' (Fallos: 345:549). Tales parámetros de celeridad y resguardo fueron claramente desatendidos por el organismo demandado, lo que tornó necesaria la deducción de la presenta acción y su tramitación ante esta Alzada."

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo voto en disidencia; los tres jueces adhirieron a la solución propuesta por el Dr. Jiménez.

Normas que cita

  • Ley 27.350Investigacion medica y cientifica
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.