Legajo Nº 4 - IMPUTADO: SHANAHAN, GUSTAVO PEDRO s/LEGAJO DE CASACION
La defensa de Shanahan pidió prisión domiciliaria por edad (70 años) y deterioro de salud; la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación y concluyó que no se acreditan, por ahora, condiciones clínicas que justifiquen la modalidad domiciliaria, encomiéndose al juez de ejecución a extremar medidas para asegurar el cumplimiento de los controles médicos.
Actor (quién demanda): Defensa particular de Gustavo Pedro Shanahan (recurrente).
Demandado (a quién se demanda): Resolución del juez de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de Rosario (acto impugnado), con intervención del Ministerio Público Fiscal y del Servicio Penitenciario Federal como terceros intervinientes.
Qué se reclama (objeto): Se solicita prisión domiciliaria por aplicación del art.10 CP y arts.32 y 33 ley 24.660 (incs. “a” y “d”), invocando edad (70 años) y deterioro en su salud y falta de atención médica integral.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de Gustavo Pedro Shanahan, sin costas, y se encomendó al juez de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro.3 de Rosario que extreme los medios necesarios para asegurar el efectivo cumplimiento de los controles médicos del caso en el Complejo Penitenciario Federal en que el nombrado está alojado; se tuvo presente la reserva del caso federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"[d]e la evaluación integral realizada, considerando la documentación médica aportada, los antecedentes referidos y el examen físico actual, surge que GUSTAVO PEDRO SHANAHAN, de 70 años de edad, presenta patologías crónicas metabólicas, cardiovasculares, osteoarticulares, digestivas, oftalmológicas y odontológicas. Entre ellas se consignan diabetes mellitus tipo 2, hipertensión arterial, dislipemia, tabaquismo, antecedentes cardiovasculares, patología osteoarticular de tobillo izquierdo, antecedente digestivo de gastritis y pólipo colónico, disminución de visión del ojo derecho y deterioro odontológico referido, sin evidencia de descompensación aguda al momento del examen".
"En función de ese cuadro clínico, el CMF recomendó continuar y/o realizar los controles médicos periódicos indicados en el informe pericial de agosto de 2024, particularmente en las especialidades de clínica médica, gastroenterología, diabetología, cardiología, nutrición, odontología y oftalmología, a fin de efectuar los estudios complementarios que resulten necesarios e implementar los tratamientos conforme al criterio de los especialistas tratantes. Asimismo, sugirió una evaluación por un especialista en traumatología, en atención al antecedente de octubre de 2025 y a la persistencia del dolor en el tobillo izquierdo."
"En tales condiciones, la defensa no ha logrado demostrar que la permanencia de Shanahan en un establecimiento penitenciario implique un riesgo concreto para su vida o integridad personal, ni que las patologías crónicas que presenta no puedan recibir un tratamiento adecuado en el CPF II. Tampoco ha acreditado que el establecimiento carezca de los recursos necesarios para atender sus requerimientos médicos o que, de resultar necesaria una atención especializada que no pudiera brindarse allí, no existieran alternativas asistenciales mediante su derivación a un centro de salud externo."
¿Cómo votaron los jueces?
No hay voto en disidencia; los tres jueces adhieren al rechazo y a la encomienda de medidas sanitarias.
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Normas que cita
- CPPNarts. 491, 463, 465 bis, 530, 531 · Codigo procesal penal
- CPart. 10 · Codigo penal
- Ley 24.660arts. 32, 33 · Pena privativa de la libertad
- Ley 23.737arts. 5, 11 · Modificacion al codigo penal
- Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (Internacional)art. 13
Fallos que cita
- Fallos 327:388ROMERO CACHARANE, Hugo Alberto s/ejecución
- Fallos 343:1620
- Fallos 302:284
- Fallos 304:415
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