JurisprudenciaARG
Primera Instancia

AVILA NOEMI LILIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó la actora ajustes por movilidad de haberes previsionales y la inconstitucionalidad de pautas de movilidad; el Juzgado Federal Nº9 hizo lugar parcialmente, ordenó el pago de diferencias según los cálculos del considerando 4 y diferir el análisis de la ley 27.609 para ejecución, rechazando la excepción de cosa juzgada y el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 9
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 007129/2026
Reajustes previsionales Movilidad Anses Ley 27.609 Cosa juzgada Inconstitucionalidad Costas ley 27423 Intereses bcra Honorarios art.1255 ccycn Prescripcion

¿Quién es el actor?

Ávila Noemí Lilia (parte actora).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicitó declarar la inconstitucionalidad de leyes (entre ellas 27.426, 27.609/27609 aparece citada) y decretos que establecieron esquemas de movilidad; se reclamaron reajustes y diferencias en el haber previsional por aplicación de pautas de movilidad y comparativa entre lo percibido y lo que correspondería.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó a ANSeS, en el plazo de 120 días desde la notificación electrónica, abonar las diferencias resultantes de los cálculos ordenados en el Considerando 4, con más sus intereses y prescripción; se difirió el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; no hizo lugar a la excepción de cosa juzgada; se desestimó el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426; costas a la ANSeS (art. 36 ley 27423); y se regularon honorarios de la Dirección Letrada por aplicación del art. 1255 CCyCN en 15% del importe del crédito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"2. En cuanto a la cosa juzgada opuesta, no puede operar como una barrera para el reclamo de nuevos reajustes, ya que la existencia de una cosa juzgada previa no cristaliza el derecho del beneficiario a una movilidad justa. Esto es así porque la seguridad social está vinculada a un derecho con cumplimientos de tracto sucesivo y carácter alimentario, lo que conlleva que la protección constitucional obligue a revisar aquellas sentencias que, por el paso del tiempo o cambios legislativos, han devenido insuficientes."

"3. Ahora bien, en cuanto los efectos de la transición ocurrida entre la entrada en vigencia de la ley 27426 y la ley 26417, me remito en honor a la brevedad a lo dispuesto por la CSJN en autos “Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ANSeS s/ amparos y sumarísimos” sentencia definitiva del 4/12/2025, debiendo operarse en consecuencia de conformidad con lo allí ordenado."

"5. Renglón aparte merece la ley 27.609... Finalizada la emergencia pública... deberá ponderarse la discrepancia entre la movilidad percibida en virtud de los decretos 163/20, 495/20, 692/20 y 899/20 y los que le hubiesen correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, debiendo el organismo abonar al beneficiario las diferencias... para los meses de enero y febrero 2021 únicamente, y de allí en adelante se aplicará la nueva Ley vigente 27.609."

"La declaración de inconstitucionalidad de una norma impone... que para declarar la inconstitucionalidad debe existir un acto de suma gravedad institucional... exige la concreta existencia de un desapoderamiento real, individual y económicamente verificable. En tales términos, entiendo que en esta etapa... es apresurado tener por configurados todos los supuestos que aquí se detallan, por lo que el tratamiento de la inconstitucionalidad articulada en este marco será diferido para la etapa de ejecución de sentencia..."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en el texto; la parte dispositiva final es la que manda.

Normas que cita

Fallos que cita

  • "Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ANSeS s/ amparos y sumarísimos"CSJN · 04/12/2025
  • "Pupelis, María Cristina y otros"CSJN · 04/05/1991
  • "Spitale"CSJN
  • "Cahais"CSJN
  • "Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/impugnación de acto administrativo"22/07/2023
  • "Gentile Fioravanti, Pedro c/Anses s/reajustes varios"08/10/2024
  • "Satej, Francisco c/CRJPPFA s/PMC, Sala 3 CFSS"CFSS · 25/08/2010
  • "Rojas, Roberto Oscar c/Anses s/Reajustes varios"CFSS Sala II · 18/09/2023
  • "Marquez, Raimundo c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS"CFSS Sala 2 · 26/11/2021
  • "Cendan, Rodolfo Lisandro c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS"CFSS Sala 2 · 07/06/2024
  • "Palavecino, Jose Ruben c/ANSES s/REAJUSTES VARIOS"CFSS Sala 2 · 05/05/2025
  • "Valencia, Moises Augusto c/ANSES Y/O PEN s/REAJUSTES VARIOS"CFSS Sala 2 · 23/05/2025
  • "Cortes, Leonardo Evaristo c/ANSES s/REAJUSTES VARIOS"Cámara Federal de Mendoza · 04/11/2024
  • "Gimenez, Mirta Noemi c/ANSES s/REAJUSTES VARIOS"CF Mar del Plata · 25/04/2025
  • "Algarbe Cristina del Valle c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD"CFCórdoba Sala B · 19/05/2025

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