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Primera Instancia

FATTORINI ANGEL ERNESTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a la ANSeS solicitando el reajuste de haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes legales, ordenó a la ANSeS a proceder a las liquidaciones y pagos en 120 días y difirió para ejecución el tratamiento de la ley 27.609 y otras inconstitucionalidades.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 9
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 012990/2026
Anses Reajustes previsionales Topes Inconstitucionalidad Ley 24.241 Ley 27.609 Prescripcion Intereses Honorarios Ejecucion de sentencia

¿Quién es el actor?

Fattorini Ángel Ernesto.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; impugnación de topes y diversas inconstitucionalidades; petición de liquidación y pago de diferencias y acreencias retroactivas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda en relación con los topes tratados; se ordenó a ANSeS que, dentro de los 120 días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto; los haberes que resulten modificados deberán abonarse dentro de ese plazo; las acreencias retroactivas deberán contemplar los intereses fijados y la prescripción aplicada; se difiere el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; costas a la ANSeS; honorarios regulados conforme al art. 1255 CCyCN en 15% del crédito que resulte a favor del reclamante (con IVA y mínimo según escala art.21 si correspondiere).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"2. La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad - de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito- y hago lugar a la misma para el caso de existir sumas en favor del reclamante, desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."

"4. Debo referir en relación a la pretensión de actualización del componente PBU, que dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326).... Ahora bien, teniendo en cuenta lo actualmente dispuesto por las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social ... resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c.ANSeS' sent. del 11/11/14..."

"11. ... El artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios entendida en los términos definidos en el apartado 1'. Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y lo declaró inconstitucional en este acto."

"13. Los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina y me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos 'Spitale, Josefa Elida c/Anses s/impugnación de resolución' del 14/09/04 y 'Cahais, Rubén Osvaldo c/Anses s/reajustes varios' del 18/04/2017."

Disposiciones sobre diferimiento y prueba: el tratamiento de la ley 27.609 y de la posible confiscatoriedad del art.26 (cuando supere merma del 15%) se difiere para la etapa de ejecución, donde se practicará el análisis actuarial correspondiente. No hay votos en disidencia relevantes en el texto (sentencia de primera instancia);

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