VILLANUEVA VICTOR JOSE LUIS Y OTRO c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores impugnaron el Decreto 679/97 pidiendo el cese de descuentos por aportes previsionales y la devolución de lo retenido. El Juzgado Federal de la Seguridad Social admitió la demanda, declaró inconstitucional el art. 1 inc. a) del decreto en cuanto eleva el aporte al 11% (debía mantenerse en 8%), ordenó el cese de los descuentos y la devolución de las sumas no prescriptas con intereses.
¿Quién es el actor?
VILLANUEVA VICTOR JOSE LUIS y otro.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad (Gendarmería Nacional) y Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicitó que se declare la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 (art. 1 inc. a) en tanto aumenta al 11% el aporte previsional) por violación del art. 99 inc. 3º de la Constitución Nacional y que se ordene el cese de los descuentos y la devolución de las sumas retenidas.
¿Qué se resolvió?
Se admitió la demanda; se declaró inconstitucional el art. 1 inc. a) del Decreto 679/97 en cuanto aumenta al 11% el aporte previsional calculado sobre el haber mensual y suplementos generales sujetos a aportes, disponiéndose que el aporte debe mantenerse en el 8% previsto por el art. 1 inc. a) de la ley 22.788. Se ordenó a la Caja y a Gendarmería Nacional cesar los descuentos, y se condenó al Ministerio de Seguridad - Gendarmería Nacional a liquidar, dentro de los 90 días de consentida la presente, las diferencias resultantes desde que se aplicó el decreto hasta su regularización; la Caja deberá activar los mecanismos para hacer efectivo el pago e informar la partida presupuestaria correspondiente. Las sumas se calcularán con la tasa pasiva promedio del Banco Central de la República Argentina. Se impusieron las costas a las demandadas vencidas y se difirió la regulación de honorarios de la parte actora para la etapa de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"…el decisorio bajo examen no responde a la necesidad imperiosa de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de “rigurosa excepcionalidad y urgencia” que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional, sino que en realidad traducen la voluntad de modificarlo de manera permanente sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé para la sanción de las leyes."
"En consecuencia, habré de admitir la demanda deducida en cuanto al punto, declarando en la especie la inconstitucionalidad del art. 1° inc. a) del Dec. 679/97 en cuanto aumenta al 11% la retención en concepto de aportes previsionales sobre haberes mensuales y suplementos generales sujetos a aportes, toda vez que su aplicación produce una lesión patrimonial a los actores, quienes ven reducidas sus retribuciones que, de no aplicarse la norma cuestionada, sólo alcanzaría al 8% de dichos importes, debiendo la accionada en consecuencia proceder a la devolución de las sumas que les hubiesen sido retenidas durante el período no prescripto, sumas que deberán ser liquidadas con más sus intereses a calcular según la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina."
"Las retroactividades correspondientes han de ser reconocidas desde el comienzo de aplicación de la norma sobre los haberes de los actores, y a ellas deberá adicionarse el interés correspondiente a la tasa pasiva que publica el Banco Central de la República Argentina (Conf. C.S.J.N. in re “Ramundo, Juvenal c/Estado Nacional Ministerio del Interior y otro s/Personal Militar y Civil de las FF.AA. y de Seg.”, Sentencia del 27-12-06)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en la sentencia.
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 99 inc. 3 · Constitucion nacional
- Ley 22.788art. 1 inc. a) · Gendarmeria nacional
- Decreto 679/97art. 1 inc. a)
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Decreto 1.077/17art. 7
- Ley 27.423art. 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
Fallos que cita
- "Pino, Seberino y otros c/ Estado Nacional –Ministerio del Interior– s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg."CSJN · 07/10/2021
- "Ramundo, Juvenal c/Estado Nacional Ministerio del Interior y otro s/Personal Militar y Civil de las FF.AA. y de Seg."CSJN · 27/12/2006
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