PAVON ROSA ISABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes varios contra ANSES por la determinación del haber inicial y otros rubros previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado —ordenando la actualización del haber inicial dependiente y dejando sin efecto el diferimiento de la Ley 27.609— y confirmó lo demás, difiriendo ciertos temas (Villanustre, art.26 Ley 24.241 y regulación de honorarios) para la etapa de ejecución.
¿Quién es el actor?
PAVON ROSA ISABEL
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios referentes al haber previsional inicial, aplicación de índices, inclusión de servicios autónomos, efectos de normas como Ley 24.241, Ley 24.463, Ley 27.609, y otras cuestiones accesorias (prescripción, intereses, costas, honorarios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada, ordenó la actualización del haber inicial dependiente conforme lo dispuesto en los considerandos, difirió para la etapa de ejecución el tratamiento del precedente Villanustre y del art. 26 de la Ley 24.241, dejó sin efecto el diferimiento del tratamiento de la Ley 27.609 por no integrar el objeto de la litis, diferió la regulación de honorarios de primera instancia, confirmó el resto del pronunciamiento apelado, impuso costas de alzada a la demandada vencida y reguló honorarios de la representación letrada de la actora por su actuación ante la Alzada en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia (más IVA si corresponde). Se ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Sobre la validez del Decreto 807/16 y el índice aplicable: “En función de lo expuesto, si bien en el caso a consideración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ‘Blanco Lucio Orlando’ no resultaba de aplicación el Decreto 807/16 sino la Resolución 56/18 (por tratarse de un beneficio con fecha de cese anterior a la mencionada en el art.5 -1/8/16-) los fundamentos argüidos por el Superior Tribunal para declarar inválida la resolución 56/18 resultan ajustados para efectuar el análisis constitucional del Decreto 807/16... De tal manera, atento que quien acciona obtuvo su prestación previsional con posterioridad al mensual Agosto 2016, corresponde remitirnos, por razones de orden y economía procesal, en cuanto a la validez constitucional del Decreto 807/16 a los fundamentos del fallo ‘Blanco’ y revocar lo resuelto en la instancia de grado.”
2) Sobre la inclusión del diferimiento de la Ley 27.609 en la parte resolutiva: “De las constancias de autos surge que dicha cuestión no fue oportunamente introducida por la parte actora en la instancia anterior, motivo por el cual no integró propiamente el objeto de la litis... En tal sentido, se advierte que la inclusión de dicho diferimiento en la parte resolutiva obedeció a un error material involuntario, que debe ser subsanado... Por consiguiente, corresponde hacer lugar al agravio de ANSES en este aspecto y dejar sin efecto el punto de la parte resolutiva que difirió el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución.”
3) Sobre la declaración de inconstitucionalidad parcial del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463: “En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado.”
4) Sobre servicios autónomos y otros rubros: el Tribunal rechazó agravios de la ANSES cuando su procedencia implicaría empeorar la situación del único apelante por aplicación del principio contra la reformatio in peius: “Incurre en reformatio in peius el pronunciamiento que coloca a los únicos apelantes en peor situación que la resultante de la sentencia recurrida, lo que constituye una violación directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y de propiedad (CSJN Fallos T325 P3318).”
5) Sobre prescripción e intereses se confirmaron los pronunciamientos de grado: prescripción bienal y cálculo de intereses “desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. C.S.J.N. ‘Spitale, Josefa Elida’, Fallos, 327:3721; ratificado in re ‘Cahais, Rubén Osvaldo c/ Anses s/ reajustes varios’, sentencia del 18/04/2017, Fallos: 340:483.)”.
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votaciones contradictorias en el acuerdo; los tres jueces adhieren y el bloque dispositivo expresa la decisión de la mayoría.
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Normas que cita
- Ley 24.241art. 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463art. 9 inc.3) · Solidaridad previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.423art. 30;21;36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 18.037art. 79;82;83 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 27.260Reparacion historica para jubilados y pensionados
- Decreto 807/16
- Resolución 56/18
- Resolución SSS 6/09art. 14 punto 2)
Fallos que cita
- "Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo"CSJN · 22/06/2023 · Fallos 346:634
- "Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios"CSJN · 06/08/2015
- "Actis Caporale, Loredano"CSJN · Fallos 323:4216
- "Blanco, Lucio Orlando"CSJN
- "Spitale, Josefa Elida"CSJN · Fallos 327:3721
- "Cahais, Rubén Osvaldo c/ Anses s/ reajustes varios"CSJN · 18/04/2017 · Fallos 340:483
- "Jaroslavsky, Bernardo"CSJN · 26/02/1985
- "Miralles, Enrique"CSJN · 18/04/1985
- "Linares Quintana, Segundo"CSJN · Fallos 310:864
- "Villanustre, Raúl Félix s/ jubilación"CSJN · 17/12/1991
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