LAPEÑA MARCELO MARTIN c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
El actor promovió acción de amparo contra ANSES solicitando la inaplicabilidad del tope del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 sobre su beneficio jubilatorio. El Juzgado Federal de la Seguridad Social n.º 7 hizo lugar al amparo, condenó a ANSES a abonar el monto íntegro del beneficio y a abstenerse de aplicar el tope, ordenando la devolución de sumas de los últimos dos años con intereses de la tasa pasiva promedio.
¿Quién es el actor?
LAPEÑA MARCELO MARTIN.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicitó la declaración de inaplicabilidad/inconstitucionalidad de la Circular ANSES PREV-05-0819 y, en subsidio, la inaplicabilidad del tope previsto en el art. 9 inc. 2 de la Ley 24.463 respecto del haber jubilatorio percibido por el actor; reintegro de sumas retenidas, costas e intereses.
¿Qué se resolvió?
Se admitió la acción de amparo y se condenó a ANSES para que, en el término de treinta días, abone el monto íntegro del beneficio de jubilación del titular de autos y se abstenga de aplicar el tope del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463, abonando las sumas retroactivas debidas desde los dos años anteriores al inicio de la acción con más los intereses calculados según la Tasa Pasiva Promedio que publica el Banco Central. Las costas se impusieron a la demandada; se diferió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. Que corresponde expedirse sobre la procedencia de la acción de amparo, la cual surge principalmente del art. 43 de la Constitución Nacional y el art.1 de la ley 16.986. ... Estimo que se acredita lo sostenido por la actora y por lo tanto encuentro reunidos los requisitos impuestos en la normativa en la forma manifiesta que ella requiere, a fin de habilitar la procedencia de esta vía."
"III. A fin de analizar el núcleo de la pretensión deducida, en relación a la inaplicabilidad de la escala de deducción prevista en el art. 9.2 de la Ley 24.463, en primer lugar, cabe señalar dicha norma establece que: 'Los haberes previsionales mensuales correspondientes a las prestaciones otorgadas en virtud de leyes anteriores a la Ley 24.241 ... estarán sujetos a la siguiente escala de deducciones…' ... Dicho esto, en el caso, la parte actora la misma adquirió su beneficio de PBU-PC-PAP DOCENTE DTO 137/05 y percibe la VARIAC SALARIAL DOC R SSS Nº 14, según disposiciones de la ley 24.241; en consecuencia, corresponde declarar su inaplicabilidad, debiendo liquidarse y abonarse el monto íntegro de la PBU-PC-PAP devengadas desde, sin la deducción cuestionada, como así también la devolución de las sumas indebidamente retenidas..."
"IV. Que respecto a la excepción de prescripción opuesta por la parte demandada ... corresponde hacer lugar a la misma, con fundamento en el art. 82 de la ley 18.037, debiendo declararse prescriptos los créditos anteriores a los dos años anteriores al inicio de la presente acción."
"V. Las sumas que a favor de la reclamante resulten de la liquidación que se ordena, devengarán intereses que se calcularán según la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (Conf. C.S.J.N., 'Spitale, Josefa Elida c/Anses', sent.del 14-09-04, Fallos 327:3721) ..."
"VI. Asimismo, sobre la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias, cuestiones de economía y celeridad procesal me obligan a remitir mi voto a los fundamentos dados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 'García Marta Susana c/ ANSES s/ Reajustes Varios', sentencia del 10 de septiembre de 2020, y que remite al anterior pronunciamiento 'García María Isabel c/ ANSeS s/ Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad', sentencia del 26 de mayo de 2019."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia; la resolución es decisión única de la juez firmante.
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 9, 22 · Solidaridad previsional
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.016Docentes
- Ley 16.986arts. 1, 14 · Amparo
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Resolución SSS 14/2009
- Decreto 137/05
- Ley 27.423arts. 21 y concs., 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Acordada 10/25 (Csjn)
Fallos que cita
- "Spitale, Josefa Elida c/Anses"CSJN · 14/09/2004 · Fallos 327:3721
- "García Marta Susana c/ ANSES s/ Reajustes Varios"CSJN · 10/09/2020
- "García María Isabel c/ ANSeS s/ Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad"CSJN · 26/05/2019
- "Liserra Adriana c/ ANSES s/ Amparos y Sumarísimos"E.C.F.S.S. (Sala I) · 19/09/2024
- "De Bella Raúl Omar c/ Anses/ Amparos y Sumarísimos"E.C.F.S.S. (Sala II) · 06/11/2024
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