JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

Baiocchi, Ada María c/ Cooperativa Lider de Transportistas LTDA s/ Despido

La actora Ada María Baiocchi interpuso recurso extraordinario de casación contra la sentencia que rechazó su despido indirecto y las indemnizaciones derivadas, alegando absurda valoración de la prueba y violencia de género. El Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible el recurso por no cumplir con los requisitos de admisibilidad, al no demostrar un apartamiento del razonamiento lógico que habilitara la revisión de la valoración probatoria.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA DE RECURSOS (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA DE RECURSOS (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
3326/24
Despido indirecto Injuria laboral Recurso extraordinario de casacion Inadmisibilidad Absurda valoracion de la prueba Invariabilidad de la causal Perspectiva de genero Dano moral Intercambio epistolar Honorarios.

¿Quién es el actor?

Ada María Baiocchi.

¿A quién se demanda?

Cooperativa Líder de Transportistas LTDA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnizaciones por despido indirecto (arts. 232, 233 y 245 LCT), SAC sobre preaviso, indemnizaciones de la ley 25.323, DNU 34/19 y daño moral, además de haberes adeudados y multa del art. 80 LCT.

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación de la actora y, por consiguiente, mal concedido. Sin costas. Se regularon honorarios del Dr. Martín Muñoz en el 70% del 36% que le correspondería por la primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

¿Cómo votaron los jueces?

"Constituye doctrina consolidada de este Estrado que la habilitación del recurso extraordinario de casación por parte del a quo no empece al ejercicio de la potestad que dimana del art. 294.5 CPCCLRYM, pues ésta se yergue como un instrumento indispensable para resguardar el cumplimiento de las exigencias establecidas para someter una cuestión a su conocimiento."

"En relación con el primer agravio debo puntualizar que el a quo al momento de tratar la apelación escindió el análisis del agravio IIIb, nominado en el escrito recursivo 'absurda valoración de la prueba'... la accionante no había cumplido con el requisito de fundamentar debidamente el recurso, por lo que declaró ese agravio desierto. Siendo ello así, debió la recurrente dirigir su argumentación a demostrar que ese temperamento lucía equivocado, lo que no hizo."

¿Cómo votaron los jueces?

"Es sabido que, quien extingue el vínculo contractual alegando injuria, debe acreditar inexorablemente la causal aludida -arts. 246 y 242 LCT-... las restantes argumentaciones referenciadas por la trabajadora vinculadas con la discriminación o la violencia de género, ciertamente trascienden la injuria otrora invocada para desanudar el vínculo y vulneran el principio de invariabilidad de la causal de despido normado por el art. 243 LCT."

"Es del caso aclarar que en términos de este Estrado la evaluación de lo atinente a los elementos configurativos de la injuria laboral constituye materia ajena a la instancia extraordinaria."

¿Cómo votaron los jueces?

sostuvo que la decisión de la Cámara "resulta arbitraria" y que correspondía reconocer el daño moral por trato discriminatorio. Este criterio quedó en minoría.

¿Cómo votaron los jueces?

adhieren a la solución propuesta por el voto de Muchnik.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.