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Tribunal Superior

NERON, Olga Gabriela s/ SUCESION AB-INTESTATO s/ Cuestión de Competencia

Se trabó una contienda negativa de competencia entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 1 del distrito judicial sur y el Juzgado de Competencia Integral de Tolhuin en el juicio sucesorio ab intestato de Olga Gabriela Nerón. El Superior Tribunal de Justicia declaró la competencia del juzgado de Ushuaia, por considerar que el último domicilio de la causante era esa ciudad, según su documento nacional de identidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA DE DEMANDAS ORIGINARIAS (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SECRETARIA DE DEMANDAS ORIGINARIAS (PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO)
Jurisdicción
Local · Tierra del Fuego
Expediente
4669/24
Contienda negativa de competencia Juicio sucesorio ab intestato Ultimo domicilio del causante Residencia habitual Competencia territorial Documento nacional de identidad Superior tribunal de justicia Tierra del fuego Articulo 2336 ccyc Articulo 73 ccyc.

Promotores de la sucesión: Abril Loza Nerón y Ezequiel Cordova Nerón (hijos de la causante).

Causante: Olga Gabriela Nerón, fallecida el 25 de enero de 2024.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Juicio sucesorio ab intestato, iniciado el 5 de abril de 2024.

¿Qué se resolvió?

El Superior Tribunal de Justicia declaró la competencia del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 1 del distrito judicial sur para conocer en la causa, y ordenó remitir las actuaciones a ese tribunal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La regla de competencia en materia sucesoria está consagrada en el artículo 20.14 del CPCCLRyM (en concordancia con el artículo 2336 del CCyC) que refiere al juez del último domicilio del causante, entendiéndose por tal el lugar de la final residencia habitual del difunto (artículo 73 del CCyC)."

"En el caso, el deceso ocurrió en la ciudad de Ushuaia, como reza el acta de defunción labrada por declaración de una persona cuya vinculación con la señora Olga Gabriela Neron no ha sido acreditada y asienta como domicilio 'Parcela 2, Macizo 361, Secc. T S/N, Tolhuin'."

"En cambio, el documento nacional de identidad de la nombrada resulta dirimente respecto a la residencia en esta ciudad capital al tiempo del fallecimiento y el cónyuge supérstite explicó verosímilmente que el instrumento se tramitó días antes de la defunción y se recibió con posterioridad a ese suceso."

Leyes que cita

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