JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Rector Rugo Romero y Ornos

Los hermanos Hoehl fueron condenados por tráfico de estupefacientes sobre la base de un secuestro practicado en su domicilio con autorización de uno de ellos, quien se encontraba detenido, y de su madre, y sobre sus confesiones judiciales. La Corte Suprema confirmó la sentencia al considerar que, según las circunstancias concretas, el consentimiento fue válido y libre de vicios, sin que se viole la inviolabilidad del domicilio ni la prohibición de autoincriminación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 311:2505
Inviolabilidad del domicilio Consentimiento para requisa Detenido Vicio de voluntad Autoincriminacion Confesion judicial Trafico de estupefacientes Recurso extraordinario Garantia constitucional art. 18 cn Nulidad del allanamiento

¿Quién es el actor?

Ministerio Público (acción penal pública).

Demandado / Imputados: Daniel Enrique Hoehl y Michel Hoehl (con otros coprocesados en la causa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Imputación por tráfico de estupefacientes (ley 20.771).

¿Qué se resolvió?

La Corte confirmó la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario que había confirmado la condena de primera instancia (tres años de prisión en suspenso, multa de ciento veinte australes y costas), en cuanto pudo ser materia de recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 4: "no cabe construir una regla abstracta, a partir del citado precedente de Fallos: 306:1752, que conduzca inevitablemente a tachar de nulidad el consentimiento dado para una inspección o requisa domiciliaria en todos los casos en que quien lo haya prestado estuviese privado de su libertad, sino que es preciso practicar un examen exhaustivo de todas las circunstancias que rodearon cada situación en concreto, para arribar a una conclusión acerca de la existencia de vicios que hayan podido afectar la voluntad libre del detenido."

Considerando 5: el consentimiento de Daniel Enrique Hoehl fue dado "en un acto voluntario" y libre de vicios, según su declaración judicial de fs. 285/286, "consecuente con su manifiesta intención de cooperar con la autoridad judicial".

Considerando 6: la madre "autorizó expresamente la requisa" (fs. 252) y el padre asintió con su firma (fs. 253 vta.); ambos reconocieron sus firmas y no impugnaron concretamente los instrumentos (arts. 1026, 1028 Cód. Civil).

Considerando 7: las confesiones fueron prestadas en sede judicial con los recaudos de la ley ritual, por lo que no se afecta la garantía contra la autoincriminación del art. 18 CN.

Considerando 8: los restantes agravios no están suficientemente fundados y, al caer el primero, carecen de entidad propia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Schneckloth vs. Bustamonte
  • Rayford, Reginald y otrosCSJN · 13/05/1986 · Fallos 306:1752
  • D'Acosta, Miguel AngelCSJN · 09/01/1987
  • López, Eduardo AdolfoCSJN · 10/12/1987
  • Barbaza, CarlosCNCrimCorrFed Sala II · 24/10/1984

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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