NERON, LIDIA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La parte actora reclamó la movilidad de sus haberes previsionales frente a ANSES. La Cámara Federal de Paraná rechazó la apelación de la demandada, confirmó la sentencia de grado que había declarado la inconstitucionalidad de varios decretos de actualización previsional y del art. 3 del DNU 157/2018, e impuso las costas a ANSES.
¿Quién es el actor?
Lidia Beatriz Nerón, titular de un beneficio previsional otorgado conforme el régimen de la ley 24.241.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste y movilidad de los haberes previsionales.
¿Qué se resolvió?
la Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la instancia a ANSES conforme el art. 68, primer párrafo, del CPCCN, aplicable por el art. 36 de la ley 27.423. No reguló honorarios al letrado de la parte actora por resultar inoficiosa su actuación, ni a los apoderados de la demandada, en virtud del art. 2 de la ley 27.423. Tuvo presente la reserva del caso federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
En cuanto a la inconstitucionalidad de los decretos 163/2020, 495/2020 y 542/2020, la Cámara señaló: "este Tribunal, por mayoría de votos, se expidió al respecto en los autos 'SABARDAN, MIGUEL ANGEL CONTRA A.N.S.E.S. SOBRE REAJUSTES VARIOS' (Expte. N° FPA 8058/2019/CA1, sentencia del 9/4/2021), en los que sostuvo la inconstitucionalidad de los tres decretos cuestionados, razón por la cual corresponde remitirse a los fundamentos allí plasmados en honor a la brevedad".
Respecto del art. 3 del DNU 157/2018, el tribunal citó la causa "Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo" (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/06/2023) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y concluyó que "corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia a la ANSES".
Sobre el planteo de deserción del memorial de la demandada, la Cámara sostuvo que "los agravios de la demandada son suficientes a los fines de su tratamiento en esta instancia, a mérito del amplio criterio ya sustentado por este Tribunal, sin insertarse en lo preceptuado por el art. 266 del CPCCN".
Se declaró inoficioso el agravio relativo a la actualización de los aportes en relación de dependencia conforme "Elliff" y el planteo sobre el derecho a replantear el ajuste de la PBU conforme "Quiroga", por no condecirse con lo resuelto en la sentencia atacada.
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.423arts. 36, 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Decreto 157art. 3
- Decreto 163
- Decreto 495
- Decreto 542
- Decreto 692
- Decreto 899
- Decreto 807
- Ley 27.260Reparacion historica para jubilados y pensionados
- CPCCNarts. 266, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacionalart. 14 bis · Constitucion nacional
Fallos que cita
- Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativoCSJN · 22/06/2023
- Sabardan, Miguel Angel c/ A.N.S.E.S. s/ reajustes variosCAMARA FEDERAL DE PARANÁ · 09/04/2021
- Elliff
- Quiroga
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