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Cámara de Apelaciones

BONAZZOLA, MARTIN WILLIAM c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Un trabajador promovió demanda contra Provincia ART S.A. en el marco de la Ley 27.348 por una contingencia de accidente de trabajo, cuestionando los intereses fijados en primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II, modificó la sentencia sólo en lo relativo a los acrecidos, que deberán calcularse con actualización RIPTE desde el hecho dañoso hasta el pago, y los intereses se aplicarán únicamente ante incumplimiento de la intimación de pago, confirmando lo demás.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA II
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 007819/2024/CA001
Ley 27.348 Accidente de trabajo Intereses Ripte Actualizacion monetaria Art. 12 lrt Art. 770 cccn Capitalizacion de intereses Honorarios Costas de alzada

¿Quién es el actor?

Martín William Bonazzola.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de apelación de la parte actora contra la sentencia de primera instancia en un reclamo de la Ley 27.348 por accidente de trabajo, respecto de los intereses fijados (tasa activa BNA desde el accidente hasta la liquidación) y de la pretensión de actualización por RIPTE o IPC, con interés puro del 3% y capitalización del art. 770 inc. b) CCCN.

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia recurrida en lo relativo a los acrecidos, que correrán conforme al considerando III, y se la confirmó en lo restante. Las costas de alzada quedaron a cargo de la demandada. Se fijaron honorarios de primera instancia (27, 25 y 11 UMA) y se regularon los honorarios de alzada del letrado de la actora en el 30% de lo que le corresponda por la instancia de grado. Los honorarios apelados quedaron abstractos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"III.- En lo que hace al cuestionamiento formulado en lo que es materia de intereses, en la causa 'Revelante, Solange Natalia c/Swiss Medical ART'-Expte 704/2025, sentencia del 16/4/2026-, tomando en consideración las pautas que rigen en los sistemas en los que se admite la revalorización de los créditos mediante índices, he advertido que las previsiones contenidas en el régimen especial de la ley 24557 (conf. ley 27348 y dec. 669/19) sólo contemplan el índice RIPTE para la readecuación de los valores dinerarios establecidos a valores históricos, no previéndose interés alguno por el período corrido desde entonces, por lo que de conformidad con el criterio sostenido por la CSJN en 'Barrientos c/Ocorso s/daños y perjuicios' del 15/10/24 ... he postulado que en casos como el de autos, el monto nominal o histórico de condena sea ajustado por el índice RIPTE desde la fecha del hecho generador del daño hasta su efectivo pago y, por igual período, se adicionen intereses a una tasa pura del 6% anual, correspondiendo estar a los intereses dispuestos en el último párrafo del art. 12 de la LRT ... sólo en caso de verificarse incumplimiento a la intimación de pago."

"Ahora bien, toda vez que, pese a mi insistencia en el punto, mis colegas han mantenido la sola repotenciación de lo adeudado mediante el índice RIPTE ... elementales razones de economía y celeridad procesal me llevan a adoptar el criterio mayoritario de este Tribunal ..."

"En consecuencia, ... el crédito reconocido deberá ser repotenciado mediante la aplicación del índice RIPTE desde la fecha del evento dañoso hasta su efectivo pago y sólo en caso de incumplirse con el pago en el plazo acordado, se aplicarán los intereses del modo establecido en el tercer párrafo del art. 12 de la ley 24557 ... sobre el capital actualizado."

"V.- En atención al resultado final obtenido, estimo prudente y razonable imponer las costas de alzada a cargo de la demandada (art. 68 CPCCN)."

Normas que cita

  • Ley 27.348art. 11 · Riesgos del trabajo
  • Ley 24.557art. 12 · Ley de riesgos del trabajo
  • Decreto 669/19
  • CCCNart. 770 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CPCCNarts. 68, 279 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 18.345art. 125 · Organizacion y procedimiento
  • Ley 27.423arts. 16, 21, 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

Fallos que cita

  • Revelante, Solange Natalia c/Swiss Medical ARTCNAT Sala II · 16/04/2026
  • Barrientos c/Ocorso s/daños y perjuiciosCSJN · 15/10/2024
  • Valdiviezo, Víctor Alejandro c/ La Segunda ART S.A. s/ Recurso Ley 27348CNAT Sala II
  • López Cristaldo, Daiana Tamara c/Swiss Medical ART SA. s/recurso ley 27348CNAT Sala II

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