JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

REGNER, MAURICIO GERMAN c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El actor promovió demanda contra la ANSeS para obtener el retiro por invalidez previsto en el artículo 49, punto 4, de la Ley 24.241. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la resolución apelada y declaró que la incapacidad invalidante exigida por la ley no se encuentra acreditada, al tener el peticionante un porcentaje de incapacidad del 16,77%.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 001169/2026/CA001
Retiro por invalidez Ley 24.241 Articulo 48 Incapacidad invalidante Comision medica central Cuerpo medico forense Pericia medica Anses Sosa raul Seguridad social

¿Quién es el actor?

Mauricio German Regner.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

retiro por invalidez (art. 49, punto 4, Ley 24.241).

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la resolución recurrida, declaró que la incapacidad con jerarquía invalidante exigida por la Ley 24.241 no se encuentra acreditada, impuso las costas en el orden causado y devolvió las actuaciones al organismo de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El dictamen de la Comisión Médica Central determinó que el peticionante presenta un porcentaje de incapacidad inferior al exigido por el artículo 48, inciso a) de la ley 24241 por lo cual denegó el beneficio pretendido."

"Conforme se desprende de autos, el Tribunal dispuso como medida para mejor proveer la remisión de las actuaciones al Cuerpo Médico Forense. Del informe médico producido surge que el titular presenta: Hipertensión arterial estadio II; Diabetes tipo II; Herinia umbilical no complicada; Varices en MMII que, sumados a los factores complementarios le ocasionan una incapacidad del 16,77% de la total obrera."

"El dictamen en cuestión, reúne, los recaudos necesarios de una correcta peritación médica, enuncia claramente los hechos, es fundado, determina con certeza el estado de salud, valora las constancias médicas obrantes en autos y funda la opinión técnica a que llega con seriedad y objetividad científica (art. 477 CPCCN)."

"Ello así y, dado el ulterior criterio desplegado por el Alto Tribunal en el Fallo 'Sosa Raúl c/ANSeS s/Retiro por invalidez (art. 49 P4 Ley 24.241)' (Fallo 340:2021, del 26 de diciembre de 2017), llevan a concluir que no se encuentran acreditados los recaudos exigidos por el art. 48 de la Ley 24.241 para otorgar la jubilación por invalidez solicitado."

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 48 inc. a), 49 punto 4 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • CPCCNart. 477 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.