JurisprudenciaARG
Corte Suprema

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El actor reclamó la anulación de resoluciones de la Caja de Previsión Social de Salta que condicionaban la jubilación provincial del artículo 38 de la ley 6335 a la renuncia de su jubilación nacional. La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario por arbitrariedad, al considerar que la sentencia prescindió del texto vigente de la ley 6396 y, en la práctica, desconocía el derecho a una jubilación sin declarar la inconstitucionalidad de la norma.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:2599
Jubilacion Prevision social Incompatibilidad de beneficios Prestacion unica Reciprocidad previsional Arbitrariedad Recurso extraordinario Derecho de propiedad Caja de prevision social de salta Ley 6335.

¿Quién es el actor?

Alberto César Velarde.

¿A quién se demanda?

Caja de Previsión Social de la Provincia de Salta y Provincia de Salta.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Anulación de la resolución 1364/88 de la Caja de Previsión Social y del decreto 794/89 del Poder Ejecutivo, en cuanto condicionaban el derecho a la jubilación del artículo 38 de la ley provincial 6335 a la previa renuncia de la jubilación nacional que percibía el actor.

¿Qué se resolvió?

Se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia de la Corte de Justicia de Salta que había rechazado la demanda y se devuelven los autos para que se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"lo decidido no es derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias probadas de la causa, puesto que prescinde del texto legal que rige el caso sin haber dado razones que lo justifiquen."

"la ley 6396 restableció -con modificaciones- la vigencia del arto 38 de la ley 6335 ... la actual dispone que 'los beneficiarios del presente artículo que estuvieren gozando de una prestación previsional bajo cualquier régimen, podrán acogerse a la que acuerda el presente' (inciso 8º)."

"Los beneficios que otorga este artículo son incompatibles con toda otra jubilación y/o beneficio otorgados por la Caja de Previsión Social de la Provincia, debiendo el interesado optar por acogerse a uno de ellos" (inciso 9º), por lo que "se modificó el alcance de las incompatibilidades ... en el texto actual sólo a los concedidos por el organismo local."

"no constituye óbice a lo expuesto la vigencia ... de las disposiciones de la ley nacional que establecen el sistema de prestación única ... puesto que la situación planteada por el recurrente es ajena a la finalidad perseguida por los términos de la aludida ley."

"de aceptarse la interpretación que realiza la mayoría de la corte local, en la práctica importaría desconocer íntegramente el derecho a lograr una jubilación sin declarar la inconstitucionalidad de la norma ... lo que produce un evidente menoscabo del derecho de propiedad del actor."

"el legislador provincial se apartó del régimen de reciprocidad al exceptuar expresamente de lo establecido por el arto 75 de la ley 6335 ... a los beneficios especiales que instituía y que se regirían exclusivamente por el arto 38."

"los agravios ponen en evidencia el nexo directo que existe entre lo resuelto y las garantías constitucionales que se dicen vulneradas; por lo que corresponde admitir la apelación con fundamento en la doctrina de la arbitrariedad invocada."

Normas que cita

  • Ley 6335 (Provincial)arts. 38, 75
  • Ley 6396 (Provincial)art. 38
  • Decreto 1914 (Provincial)
  • Decreto 794 (Provincial)
  • Ley 14.370art. 23

Fallos que cita

  • Velarde, Alberto César c/ Caja de Previsión SocialCSJN · 23/11/1993
  • Fallos 293:94CSJN
  • Fallos 313:944CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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Corte Suprema

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Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:2599
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¿Quién es el actor?

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¿Qué se resolvió?

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Normas que cita

  • Ley 6335 (Provincial)arts. 38, 75
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  • Decreto 794 (Provincial)
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Fallos que cita

  • Velarde, Alberto César c/ Caja de Previsión SocialCSJN · 23/11/1993
  • Fallos 293:94CSJN
  • Fallos 313:944CSJN

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Tribunal
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Fuero
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Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:2599
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¿Quién es el actor?

Alberto César Velarde.

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Normas que cita

  • Ley 6335 (Provincial)arts. 38, 75
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  • Decreto 1914 (Provincial)
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Fallos que cita

  • Velarde, Alberto César c/ Caja de Previsión SocialCSJN · 23/11/1993
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Corte Suprema

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Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
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Jubilacion Prevision social Incompatibilidad de beneficios Prestacion unica Reciprocidad previsional Arbitrariedad Recurso extraordinario Derecho de propiedad Caja de prevision social de salta Ley 6335.

¿Quién es el actor?

Alberto César Velarde.

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Caja de Previsión Social de la Provincia de Salta y Provincia de Salta.

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¿Qué se resolvió?

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¿Cuáles son los fundamentos principales?

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"el legislador provincial se apartó del régimen de reciprocidad al exceptuar expresamente de lo establecido por el arto 75 de la ley 6335 ... a los beneficios especiales que instituía y que se regirían exclusivamente por el arto 38."

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Normas que cita

  • Ley 6335 (Provincial)arts. 38, 75
  • Ley 6396 (Provincial)art. 38
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  • Decreto 794 (Provincial)
  • Ley 14.370art. 23

Fallos que cita

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  • Fallos 293:94CSJN
  • Fallos 313:944CSJN

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El actor reclamó la anulación de resoluciones de la Caja de Previsión Social de Salta que condicionaban la jubilación provincial del artículo 38 de la ley 6335 a la renuncia de su jubilación nacional. La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario por arbitrariedad, al considerar que la sentencia prescindió del texto vigente de la ley 6396 y, en la práctica, desconocía el derecho a una jubilación sin declarar la inconstitucionalidad de la norma.

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Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
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Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:2599
Jubilacion Prevision social Incompatibilidad de beneficios Prestacion unica Reciprocidad previsional Arbitrariedad Recurso extraordinario Derecho de propiedad Caja de prevision social de salta Ley 6335.

¿Quién es el actor?

Alberto César Velarde.

¿A quién se demanda?

Caja de Previsión Social de la Provincia de Salta y Provincia de Salta.

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¿Qué se resolvió?

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  • Ley 6335 (Provincial)arts. 38, 75
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  • Velarde, Alberto César c/ Caja de Previsión SocialCSJN · 23/11/1993
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Alberto Cesar

El actor reclamó la anulación de resoluciones de la Caja de Previsión Social de Salta que condicionaban la jubilación provincial del artículo 38 de la ley 6335 a la renuncia de su jubilación nacional. La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario por arbitrariedad, al considerar que la sentencia prescindió del texto vigente de la ley 6396 y, en la práctica, desconocía el derecho a una jubilación sin declarar la inconstitucionalidad de la norma.

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Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
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Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:2599
Jubilacion Prevision social Incompatibilidad de beneficios Prestacion unica Reciprocidad previsional Arbitrariedad Recurso extraordinario Derecho de propiedad Caja de prevision social de salta Ley 6335.

¿Quién es el actor?

Alberto César Velarde.

¿A quién se demanda?

Caja de Previsión Social de la Provincia de Salta y Provincia de Salta.

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Anulación de la resolución 1364/88 de la Caja de Previsión Social y del decreto 794/89 del Poder Ejecutivo, en cuanto condicionaban el derecho a la jubilación del artículo 38 de la ley provincial 6335 a la previa renuncia de la jubilación nacional que percibía el actor.

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  • Velarde, Alberto César c/ Caja de Previsión SocialCSJN · 23/11/1993
  • Fallos 293:94CSJN
  • Fallos 313:944CSJN

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elarde c/ Caja Oe Prevision Social Oe la Provincia V Provincia Oe Salta

El actor reclamó la anulación de resoluciones de la Caja de Previsión Social de Salta que condicionaban la jubilación provincial del artículo 38 de la ley 6335 a la renuncia de su jubilación nacional. La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario por arbitrariedad, al considerar que la sentencia prescindió del texto vigente de la ley 6396 y, en la práctica, desconocía el derecho a una jubilación sin declarar la inconstitucionalidad de la norma.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:2599
Jubilacion Prevision social Incompatibilidad de beneficios Prestacion unica Reciprocidad previsional Arbitrariedad Recurso extraordinario Derecho de propiedad Caja de prevision social de salta Ley 6335.

¿Quién es el actor?

Alberto César Velarde.

¿A quién se demanda?

Caja de Previsión Social de la Provincia de Salta y Provincia de Salta.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Anulación de la resolución 1364/88 de la Caja de Previsión Social y del decreto 794/89 del Poder Ejecutivo, en cuanto condicionaban el derecho a la jubilación del artículo 38 de la ley provincial 6335 a la previa renuncia de la jubilación nacional que percibía el actor.

¿Qué se resolvió?

Se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia de la Corte de Justicia de Salta que había rechazado la demanda y se devuelven los autos para que se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"lo decidido no es derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias probadas de la causa, puesto que prescinde del texto legal que rige el caso sin haber dado razones que lo justifiquen."

"la ley 6396 restableció -con modificaciones- la vigencia del arto 38 de la ley 6335 ... la actual dispone que 'los beneficiarios del presente artículo que estuvieren gozando de una prestación previsional bajo cualquier régimen, podrán acogerse a la que acuerda el presente' (inciso 8º)."

"Los beneficios que otorga este artículo son incompatibles con toda otra jubilación y/o beneficio otorgados por la Caja de Previsión Social de la Provincia, debiendo el interesado optar por acogerse a uno de ellos" (inciso 9º), por lo que "se modificó el alcance de las incompatibilidades ... en el texto actual sólo a los concedidos por el organismo local."

"no constituye óbice a lo expuesto la vigencia ... de las disposiciones de la ley nacional que establecen el sistema de prestación única ... puesto que la situación planteada por el recurrente es ajena a la finalidad perseguida por los términos de la aludida ley."

"de aceptarse la interpretación que realiza la mayoría de la corte local, en la práctica importaría desconocer íntegramente el derecho a lograr una jubilación sin declarar la inconstitucionalidad de la norma ... lo que produce un evidente menoscabo del derecho de propiedad del actor."

"el legislador provincial se apartó del régimen de reciprocidad al exceptuar expresamente de lo establecido por el arto 75 de la ley 6335 ... a los beneficios especiales que instituía y que se regirían exclusivamente por el arto 38."

"los agravios ponen en evidencia el nexo directo que existe entre lo resuelto y las garantías constitucionales que se dicen vulneradas; por lo que corresponde admitir la apelación con fundamento en la doctrina de la arbitrariedad invocada."

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elarde c/ Caja Oe Prevision Social Oe la Provincia V Provincia Oe Salta
JurisprudenciaARG
Corte Suprema

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El actor reclamó la anulación de resoluciones de la Caja de Previsión Social de Salta que condicionaban la jubilación provincial del artículo 38 de la ley 6335 a la renuncia de su jubilación nacional. La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario por arbitrariedad, al considerar que la sentencia prescindió del texto vigente de la ley 6396 y, en la práctica, desconocía el derecho a una jubilación sin declarar la inconstitucionalidad de la norma.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:2599
Jubilacion Prevision social Incompatibilidad de beneficios Prestacion unica Reciprocidad previsional Arbitrariedad Recurso extraordinario Derecho de propiedad Caja de prevision social de salta Ley 6335.

¿Quién es el actor?

Alberto César Velarde.

¿A quién se demanda?

Caja de Previsión Social de la Provincia de Salta y Provincia de Salta.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

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¿Qué se resolvió?

Se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia de la Corte de Justicia de Salta que había rechazado la demanda y se devuelven los autos para que se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

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Normas que cita

  • Ley 6335 (Provincial)arts. 38, 75
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Fallos que cita

  • Velarde, Alberto César c/ Caja de Previsión SocialCSJN · 23/11/1993
  • Fallos 293:94CSJN
  • Fallos 313:944CSJN

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JurisprudenciaARG
Corte Suprema

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Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:2599
Jubilacion Prevision social Incompatibilidad de beneficios Prestacion unica Reciprocidad previsional Arbitrariedad Recurso extraordinario Derecho de propiedad Caja de prevision social de salta Ley 6335.

¿Quién es el actor?

Alberto César Velarde.

¿A quién se demanda?

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¿Qué se resolvió?

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Normas que cita

  • Ley 6335 (Provincial)arts. 38, 75
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  • Decreto 1914 (Provincial)
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Fallos que cita

  • Velarde, Alberto César c/ Caja de Previsión SocialCSJN · 23/11/1993
  • Fallos 293:94CSJN
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Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:2599
Jubilacion Prevision social Incompatibilidad de beneficios Prestacion unica Reciprocidad previsional Arbitrariedad Recurso extraordinario Derecho de propiedad Caja de prevision social de salta Ley 6335.

¿Quién es el actor?

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Normas que cita

  • Ley 6335 (Provincial)arts. 38, 75
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  • Velarde, Alberto César c/ Caja de Previsión SocialCSJN · 23/11/1993
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Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
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Expediente
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¿Quién es el actor?

Alberto César Velarde.

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Caja de Previsión Social de la Provincia de Salta y Provincia de Salta.

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Normas que cita

  • Ley 6335 (Provincial)arts. 38, 75
  • Ley 6396 (Provincial)art. 38
  • Decreto 1914 (Provincial)
  • Decreto 794 (Provincial)
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  • Velarde, Alberto César c/ Caja de Previsión SocialCSJN · 23/11/1993
  • Fallos 293:94CSJN
  • Fallos 313:944CSJN

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El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:2599
Jubilacion Prevision social Incompatibilidad de beneficios Prestacion unica Reciprocidad previsional Arbitrariedad Recurso extraordinario Derecho de propiedad Caja de prevision social de salta Ley 6335.

¿Quién es el actor?

Alberto César Velarde.

¿A quién se demanda?

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¿Qué se resolvió?

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Normas que cita

  • Ley 6335 (Provincial)arts. 38, 75
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  • Decreto 794 (Provincial)
  • Ley 14.370art. 23

Fallos que cita

  • Velarde, Alberto César c/ Caja de Previsión SocialCSJN · 23/11/1993
  • Fallos 293:94CSJN
  • Fallos 313:944CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Alberto Cesar

El actor reclamó la anulación de resoluciones de la Caja de Previsión Social de Salta que condicionaban la jubilación provincial del artículo 38 de la ley 6335 a la renuncia de su jubilación nacional. La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario por arbitrariedad, al considerar que la sentencia prescindió del texto vigente de la ley 6396 y, en la práctica, desconocía el derecho a una jubilación sin declarar la inconstitucionalidad de la norma.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:2599
Jubilacion Prevision social Incompatibilidad de beneficios Prestacion unica Reciprocidad previsional Arbitrariedad Recurso extraordinario Derecho de propiedad Caja de prevision social de salta Ley 6335.

¿Quién es el actor?

Alberto César Velarde.

¿A quién se demanda?

Caja de Previsión Social de la Provincia de Salta y Provincia de Salta.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Anulación de la resolución 1364/88 de la Caja de Previsión Social y del decreto 794/89 del Poder Ejecutivo, en cuanto condicionaban el derecho a la jubilación del artículo 38 de la ley provincial 6335 a la previa renuncia de la jubilación nacional que percibía el actor.

¿Qué se resolvió?

Se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia de la Corte de Justicia de Salta que había rechazado la demanda y se devuelven los autos para que se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"lo decidido no es derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias probadas de la causa, puesto que prescinde del texto legal que rige el caso sin haber dado razones que lo justifiquen."

"la ley 6396 restableció -con modificaciones- la vigencia del arto 38 de la ley 6335 ... la actual dispone que 'los beneficiarios del presente artículo que estuvieren gozando de una prestación previsional bajo cualquier régimen, podrán acogerse a la que acuerda el presente' (inciso 8º)."

"Los beneficios que otorga este artículo son incompatibles con toda otra jubilación y/o beneficio otorgados por la Caja de Previsión Social de la Provincia, debiendo el interesado optar por acogerse a uno de ellos" (inciso 9º), por lo que "se modificó el alcance de las incompatibilidades ... en el texto actual sólo a los concedidos por el organismo local."

"no constituye óbice a lo expuesto la vigencia ... de las disposiciones de la ley nacional que establecen el sistema de prestación única ... puesto que la situación planteada por el recurrente es ajena a la finalidad perseguida por los términos de la aludida ley."

"de aceptarse la interpretación que realiza la mayoría de la corte local, en la práctica importaría desconocer íntegramente el derecho a lograr una jubilación sin declarar la inconstitucionalidad de la norma ... lo que produce un evidente menoscabo del derecho de propiedad del actor."

"el legislador provincial se apartó del régimen de reciprocidad al exceptuar expresamente de lo establecido por el arto 75 de la ley 6335 ... a los beneficios especiales que instituía y que se regirían exclusivamente por el arto 38."

"los agravios ponen en evidencia el nexo directo que existe entre lo resuelto y las garantías constitucionales que se dicen vulneradas; por lo que corresponde admitir la apelación con fundamento en la doctrina de la arbitrariedad invocada."

Normas que cita

  • Ley 6335 (Provincial)arts. 38, 75
  • Ley 6396 (Provincial)art. 38
  • Decreto 1914 (Provincial)
  • Decreto 794 (Provincial)
  • Ley 14.370art. 23

Fallos que cita

  • Velarde, Alberto César c/ Caja de Previsión SocialCSJN · 23/11/1993
  • Fallos 293:94CSJN
  • Fallos 313:944CSJN

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El actor reclamó la anulación de resoluciones de la Caja de Previsión Social de Salta que condicionaban la jubilación provincial del artículo 38 de la ley 6335 a la renuncia de su jubilación nacional. La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario por arbitrariedad, al considerar que la sentencia prescindió del texto vigente de la ley 6396 y, en la práctica, desconocía el derecho a una jubilación sin declarar la inconstitucionalidad de la norma.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:2599
Jubilacion Prevision social Incompatibilidad de beneficios Prestacion unica Reciprocidad previsional Arbitrariedad Recurso extraordinario Derecho de propiedad Caja de prevision social de salta Ley 6335.

¿Quién es el actor?

Alberto César Velarde.

¿A quién se demanda?

Caja de Previsión Social de la Provincia de Salta y Provincia de Salta.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Anulación de la resolución 1364/88 de la Caja de Previsión Social y del decreto 794/89 del Poder Ejecutivo, en cuanto condicionaban el derecho a la jubilación del artículo 38 de la ley provincial 6335 a la previa renuncia de la jubilación nacional que percibía el actor.

¿Qué se resolvió?

Se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia de la Corte de Justicia de Salta que había rechazado la demanda y se devuelven los autos para que se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"lo decidido no es derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias probadas de la causa, puesto que prescinde del texto legal que rige el caso sin haber dado razones que lo justifiquen."

"la ley 6396 restableció -con modificaciones- la vigencia del arto 38 de la ley 6335 ... la actual dispone que 'los beneficiarios del presente artículo que estuvieren gozando de una prestación previsional bajo cualquier régimen, podrán acogerse a la que acuerda el presente' (inciso 8º)."

"Los beneficios que otorga este artículo son incompatibles con toda otra jubilación y/o beneficio otorgados por la Caja de Previsión Social de la Provincia, debiendo el interesado optar por acogerse a uno de ellos" (inciso 9º), por lo que "se modificó el alcance de las incompatibilidades ... en el texto actual sólo a los concedidos por el organismo local."

"no constituye óbice a lo expuesto la vigencia ... de las disposiciones de la ley nacional que establecen el sistema de prestación única ... puesto que la situación planteada por el recurrente es ajena a la finalidad perseguida por los términos de la aludida ley."

"de aceptarse la interpretación que realiza la mayoría de la corte local, en la práctica importaría desconocer íntegramente el derecho a lograr una jubilación sin declarar la inconstitucionalidad de la norma ... lo que produce un evidente menoscabo del derecho de propiedad del actor."

"el legislador provincial se apartó del régimen de reciprocidad al exceptuar expresamente de lo establecido por el arto 75 de la ley 6335 ... a los beneficios especiales que instituía y que se regirían exclusivamente por el arto 38."

"los agravios ponen en evidencia el nexo directo que existe entre lo resuelto y las garantías constitucionales que se dicen vulneradas; por lo que corresponde admitir la apelación con fundamento en la doctrina de la arbitrariedad invocada."

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