Carlos Federico Ruckauf c/ Nacion Argentina (p.e.n.)
El actor reclamó la reparación de los daños y perjuicios derivados de las sanciones aplicadas con base en el Acta de Reorganización Nacional de 1976. La Corte Suprema confirmó el rechazo de la excepción de prescripción, por mayoría, sosteniendo que el plazo no era exigible durante el gobierno de facto, mientras que cuatro ministros votaron en disidencia parcial sobre el fondo de la cuestión.
¿Quién es el actor?
Carlos Federico Ruckauf.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (P.E.N.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reparación de daños y perjuicios (daño material y moral) derivados de la aplicación de las sanciones del art. 2°, incs. a), b) y e), del Acta de Reorganización Nacional del 18 de junio de 1976.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala III) había reducido la indemnización de primera instancia; el Procurador del Tesoro interpuso recurso extraordinario. La Corte, por mayoría, declaró admisible el recurso en punto a los dos primeros agravios (prescripción), confirmó la sentencia apelada en ese punto y lo declaró inadmisible en lo restante. Costas por el orden causado en la forma indicada en el fallo ("Con costas").
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los argumentos reseñados encuentran suficiente respuesta en lo resuelto por esta Corte en la causa 'Kestelboim' (Fallos: 312:2352), a cuyos votos concurrentes cabe remitirse a efectos de proceder a su rechazo."
"Ello hace innecesario resolver el restante planteo del apelante vinculado al tema de la prescripción, fundado en la inteligencia de la ley 23.062 pues, aun cuando mediara error por parte del a quo en dicho punto, el fallo recurrido seguiría en pie por los restantes argumentos que éste desarrolla, análogos a los expuestos por el Tribunal en el citado caso 'Kestelboim' (confr. Fallos: 253:181, entre otros)."
¿Cómo votaron los jueces?
sostienen que la inconstitucionalidad de las sanciones sólo puede juzgarse una vez cesado el régimen que les sirvió de sustento; que la tutela judicial exige que los jueces conozcan y resuelvan las pretensiones indemnizatorias; que la emergencia no justifica el allanamiento de garantías sin una compensación; y que la prescripción es de interpretación restrictiva.
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Normas que cita
- Ley 19.549art. 25 · Normas
- CCart. 4037 · Codigo civil
- Ley 23.062Gobierno de facto-validez de actos administrativos
Fallos que cita
- KestelboimCSJN · Fallos 312:2352
- Fallos 253:181CSJN
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