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Corte Suprema

Defensores Ante Tribunales Orales

La Corte Suprema rechazó la queja interpuesta por la actora, por no haberse configurado la denegación de un recurso de apelación previo, requisito indispensable para su procedencia. El tribunal entendió que el rechazo de la cámara se fundó en la falta de carga del escrito en el sistema informático y en la ausencia del cargo correspondiente en la fotocopia agregada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:1023
Recurso de queja Denegacion de apelacion Requisitos de procedencia Art. 14 ley 48 Recurso extraordinario Tribunal superior de la causa Rechazo por improcedencia Sistema informatico Cargo de presentacion Caja nacional de prevision.

¿Quién es el actor?

Rosario Liporace de Barrionuevo.

¿A quién se demanda?

Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO. El fallo no describe el reclamo de fondo, dado que se trata de una queja incidental.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la presentación de la actora. Se ordena notificar y, previa devolución de los autos principales, archivar las actuaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso de queja ante esta Corte requiere, para su deducción válida, que se haya interpuesto y denegado una apelación -ordinaria o extraordinaria- para ante el tribunal superior de la causa (Fallos: 297:482; 308:2404)."

"Que, en el caso, no media denegación del remedio que prevé el arto 14 de la ley 48, habida cuenta de que el auto que la recurrente invoca en tal sentido ha rechazado por improcedente el tratamiento de su presentación, por no surgir del sistema informático de la cámara que se hubiera cargado escrito alguno relativo a las actuaciones, así como por no contar la fotocopia agregada con el cargo correspondiente."

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