JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Ramon Alberto Batelloci c/ Sideco Americana S.a.

La Corte Suprema desestimó la reposición deducida contra la resolución que había declarado la caducidad de la instancia en una queja. Sostuvo que las providencias dictadas en el trámite de queja quedan notificadas por ministerio de la ley y que el plazo de caducidad corre durante días inhábiles, por lo que el recurrente, que no impulsó el proceso, perdió la instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 316:818
Recurso de queja Caducidad de la instancia Notificacion por ministerio de la ley Art. 133 cpccn Art. 310 inc. 2? cpccn Plazo de caducidad Dias inhabiles Admisibilidad del recurso de hecho Reposicion Presentacion directa.

¿Quién es el actor?

Ramón Alberto Batellocci.

¿A quién se demanda?

Sideco Americana S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso de queja contra la resolución que, en la queja, declaró la caducidad de la instancia por falta de impulso procesal.

¿Qué se resolvió?

se desestima el pedido de reposición de fs. 47/47 vta. y se confirma lo resuelto a fs. 45 (caducidad de la instancia).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "el arto 133 del código mencionado prevé como regla la notificación por ministerio de la ley en 'todas las instancias', lo que incluye la abierta ante este Tribunal con la presentación del recurso de hecho. Tanto es así que cuando el legislador exige la notificación por cédula en el trámite de la queja, lo enuncia expresamente (vg. arto 286 del mismo código)."

Considerando 3°: "las providencias dictadas en los recursos de hecho por las cuales se requiere la presentación de recaudos quedan notificadas de acuerdo con el principio indicado, sin que en el caso se adviertan razones que autoricen a hacer excepción a dicha regla."

Considerando 4°: "el plazo de caducidad de la instancia se computa a partir del último acto impulsorio con arreglo a lo establecido en los arts. 24 y 25 del Código Civil y corre también durante los días inhábiles y los que fueron declarados de asueto judicial."

Considerando 5°: "a la fecha del dictado de la sentencia de fs. 45, el plazo previsto por el arto 310 inc. 2º del Código Procesal había transcurrido sin que el recurrente desplegara actividad procesal alguna, lo cual era indispensable para evitar la caducidad de la instancia."

Requerimiento de recaudos: "ese requerimiento tuvo por finalidad determinar si la presentación directa se había efectuado en término", vinculado al control de admisibilidad, ya que el escrito de fs. 36/38 no indicaba la fecha de notificación de la resolución que desestimó el recurso extraordinario.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 133, 286, 310 inc. 2°, 317 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CCIVarts. 24, 25 · Codigo civil

Fallos que cita

  • Fisco Nacional (D.G.I.) c/ Matarazzo S.A.I.C.CSJN · 24/05/1988 · Fallos 303:1236
  • Fisco Nacional (D.G.I.) c/ Matarazzo S.A.I.C.CSJN · 24/05/1988 · Fallos 305:603
  • Fisco Nacional (D.G.I.) c/ Matarazzo S.A.I.C.CSJN · 24/05/1988 · Fallos 310:1475
  • Fisco Nacional (D.G.I.) c/ Matarazzo S.A.I.C.CSJN · 24/05/1988 · Fallos 311:513
  • Ingalmet S.A. c/ Trillo, Manuel y otrosCSJN · 11/06/1991
  • Frías, José Manuel c/ Estex S.A.C.I. e/CSJN · 07/07/1992
  • Rubio, Alberto Raúl c/ El Fuerte Compañía Argentina de Seguros S.A.CSJN · 29/09/1992
  • Quinteros, Carlos Martín c/ Corrientes, Provincia de y otro s/ ordinarioCSJN · 30/06/1988
  • Mandinga S.C.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ daños y perjuicios (Río V)CSJN · 25/09/1990
  • Fretes, Luciano y otros c/ Club Atlético Vélez Sarsfield -Sociedad Civil-CSJN · 22/12/1992
  • Blanco, Víctor O. y otros c/ Obras Sanitarias de la NaciónCSJN · 10/07/1990
  • Banco Nacional de Desarrollo c/ Establecimientos Metalúrgicos El Parque S.A.CSJN · 13/08/1992

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.