Juuo Vilela y Orros c/ Naclon Argentina (ministerio de Educaclon y Justicia)
Los magistrados Sanchis Ferrero, Peres Lerea y Rappa promovieron amparo contra el Estado Nacional reclamando la diferencia de sus remuneraciones por aplicación del art. 96 de la Constitución Nacional. La Corte admitió el recurso y confirmó en lo principal la condena, pero modificó su liquidación con una quita del 8% sobre las diferencias, descontó la antigüedad como parte del salario y excluyó al actor que había renunciado.
¿Quién es el actor?
Julia Aurora Sanchis Ferrero, Mario Alejandro Peres Lerea y Osvaldo Antonio Rappa, magistrados.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Educación y Justicia).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Diferencias salariales por aplicación de la garantía de intangibilidad de la remuneración de los jueces (art. 96 CN), desde abril de 1988, actualizadas y con costas.
¿Qué se resolvió?
Admisible el recurso extraordinario y admisible la vía del amparo. Se confirma en lo principal la sentencia apelada, con modificación en la forma de determinar los desfases: se aplica una quita del 8% sobre cada diferencia mensual, se toma como base el sueldo de octubre de 1986, se considera el incremento de la bonificación por antigüedad, se limita la condena hasta la vigencia de la ley 23.853 y se fija actualización por índice de costo de vida más 6% anual. Se revoca respecto de Peres Lerea, que renunció el 1° de abril de 1986 y no percibió remuneración. Costas en el orden causado y por mitades.
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Rocca, González Palazzo y Garay, y el conjuez Spota, propusieron confirmar la sentencia de cámara en lo principal, aceptar que la antigüedad integra la remuneración, limitar la liquidación a los haberes vigentes hasta el dictado del fallo y excluir a Peres Lerea. Sostienen que el art. 96 no admite reducciones "en manera alguna" y que la garantía beneficia a la sociedad, no a los magistrados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La intangibilidad de los sueldos de los jueces es garantía de la independencia del Poder Judicial, de forma que cabe considerarla, juntamente con la inamovilidad, como garantía de funcionamiento de un poder del Estado."
"Los efectos generales causados por la inflación no son ajenos tampoco a los jueces, que tienen por ello el deber de asumirlos solidariamente mientras su independencia ... no se vea menoscabada."
"Sólo cuando el deterioro salarial excede cierto umbral puede considerarse que opera la garantía constitucional."
"En consecuencia, si se aplican en forma matemática los índices de costo de vida, deberá efectuarse una quita sobre los montos que resulten de tal aplicación ... pero sin que ello ponga en peligro la independencia del Poder Judicial."
"No resulta posible que los jueces de la Nación ... perciban ... remuneraciones significativamente diferentes, ya que ello lesionaría la garantía de igualdad."
(Disidencia) "No es posible 'afianzar la justicia' sin magistrados que estén realmente garantizados en función de las dos cláusulas del art. 96 de la Constitución Nacional."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 96, 14 bis, 16 · Constitucion nacional
- Ley 48art. 14 inc. 3 · Justicia nacional
- Ley 16.986arts. 1, 2 inc. d) · Amparo
- Ley 23.853art. 7 · Autarquia judicial
- Ley 13.064arts. 30, 53 inc. a) · Obras publicas
- Decreto 1417
Fallos que cita
- Bonorino Peró, Abel y otros c/Estado NacionalCSJN · 15/11/1985 · Fallos 308:1932
- Durañona y VediaCSJN · 14/10/1986 · Fallos 308:1932
- Arius, César c/Gobierno NacionalCSJN · 19/11/1962 · Fallos 254:286
- Fallos 176:73CSJN
- Fallos 247:495CSJN
- Fallos 254:184CSJN
- Fallos 256:114CSJN
- Fallos 267:215CSJN
- Fallos 269:393CSJN
- Walter Evans v. W.J. Rogers GoreSuprema Corte EE.UU.
- Fallos 304:1020CSJN
- Fallos 269:31CSJN
- Fallos 295:269CSJN
- Fallos 300:844CSJN
- BrichaCSJN · 28/10/1987
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.