Provincia del Neuquen c/ Nacion Argentina
La Corte Suprema rechazó la recusación planteada por el Procurador del Tesoro de la Nación contra el Ministro Petracchi por prejuzgamiento, al considerar que sus expresiones en una audiencia conciliatoria no revelaban un criterio desfavorable al Estado. Por mayoría, el Tribunal resolvió además dejar sin efecto el planteo, mientras que cuatro ministros votaron en disidencia parcial para testar un párrafo del escrito y advertir al Procurador.
¿Quién es el actor?
Provincia del Neuquén (en el expediente de origen, en el que se planteó la recusación).
¿A quién se demanda?
Nación Argentina.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recusación con causa en el art. 17, inc. 7°, del CPCCN (prejuzgamiento) contra el Ministro Dr. Enrique Santiago Petracchi, planteada por el Procurador del Tesoro de la Nación.
¿Qué se resolvió?
Rechazar la recusación formulada contra el Ministro Petracchi. Los votos en disidencia parcial de cuatro ministros propusieron además ordenar testar un párrafo del escrito y advertir al Procurador del Tesoro; esa propuesta no es la decisión del Tribunal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"no puede razonablemente inferirse que se haya insinuado un criterio desfavorable a las pretensiones de alguna de las partes sino que, por el contrario, denotan su disposición para hacer avanzar el trámite conciliatorio procurando que aquéllas acuerden entre sí una rápida solución del conflicto". Asimismo: "no cabe interpretar las expresiones cuestionadas más allá del marco en el que fueron pronunciadas; es decir, en el contexto de una audiencia conciliatoria en la que se procuraba arribar a una solución negociada dentro de los límites que las propias partes fijaron en el acta".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
los términos del escrito "exceden manifiestamente lo que exige el adecuado ejercicio del derecho de defensa en juicio" y "veladamente, atacan la honorabilidad e investidura de un miembro de este Tribunal". Propusieron testar el último párrafo y advertir al Procurador. Esta posición quedó en minoría respecto de la decisión de fondo.
Voto del Ministro Petracchi (ver considerandos 6 a 11 del voto de los señores Levene (h), Cavagna Martínez, Fayt y Belluscio, que contiene la manifestación del recusado): "de sus palabras no puede ni siquiera inferirse que el Sr. Ministro haya insinuado un criterio desfavorable a la postura que el Estado Nacional sustenta en este expediente".
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 18 · Constitucion nacional
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Ley 17.454
Fallos que cita
- NordenstholCSJN
- Soengas, Héctor Ricardo c/Ferrocarriles ArgentinosCSJN · 07/08/1990
- Fallos 240:123CSJN
- Fallos 246:159CSJN
- Fallos 300:380CSJN
- Fallos 269:416CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.