Horacio Martrnez c/ Municipalli)ad de L.a Ciudad I1e Buenos Aires
La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata y concedió la extradición a la República Federal de Alemania de Josef Franz Leo Schwammberger, requerido por delitos cometidos durante el régimen nazi. El Tribunal sostuvo que la República Federal es sucesora soberana del Reich alemán y que la prescripción debe regirse por la legislación del país requirente.
Actor/Requirente: República Federal de Alemania.
Demandado/Requerido: Josef Franz Leo Schwammberger.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
extradición del requerido para ser juzgado por delitos de asesinato reiterado (y robo extorsivo reiterado, cuya prescripción fue declarada por la Cámara) cometidos en Polonia entre 1941 y 1944.
¿Qué se resolvió?
confirmar parcialmente el pronunciamiento de la Cámara y conceder la extradición respecto de los delitos detallados en su parte dispositiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Jurisdicción: "La República Federal de Alemania es, desde el punto de vista que aquí interesa, sucesora soberana del Reich alemán soberano, y a ello no obsta el desmembramiento del territorio del Reich alemán". Asimismo, "la persecución y represión de los crímenes cometidos con anterioridad al cambio de soberanía, pasa a ser para el sucesor un acto discrecional y no una obligación, pero que expresado el interés del sucesor en el ejercicio de la potestad penal respecto de esos hechos, la comunidad internacional no tiene razón legítima para oponerse a ello."
Prescripción: "la existencia de diferencias en el modo de regular la prescripción por las leyes extranjeras, no implica necesariamente que estas soluciones diferentes sean contrarias al orden público criminal de la Nación. ... postular que en todos los casos en que la ley extranjera es diferente a la nacional ésta debe prevalecer sobre aquélla, implica privar de todo efecto al art. 655, inc. 5º del Código de Procedimientos en Materia Penal."
Ciudadanía: el Tribunal retomó la doctrina de Fallos 81:176 y concluyó que "conforme al art. 3º, inc. 1º de la ley 1612, no existe óbice para conceder la extradición de Schwammberger, quien recibió la ciudadanía argentina en 1965 y es requerido por delitos que habrían sido realizados entre 1941 y 1944."
¿Cómo votaron los jueces?
recomendó rechazar el recurso y confirmar la sentencia, sosteniendo que la prescripción debe regirse por la ley extranjera requirente y que la opción del art. 669 CPMP no era aplicable.
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Normas que cita
- Ley 1612arts. 3, 9
- Ley 3192art. 19
- CPMParts. 655, 669
- CPart. 1 · Codigo penal
- CCarts. 13, 14 · Codigo civil
- Constitución Nacionalarts. 18, 31 · Constitucion nacional
- Decreto 1285art. 24
- Ley 4055art. 3
Fallos que cita
- SchwammbergerCSJN · 20/03/1990 · Fallos 287:76
- SchwammbergerCSJN · 20/03/1990 · Fallos 265:219
- SchwammbergerCSJN · 20/03/1990 · Fallos 266:137
- SchwammbergerCSJN · 20/03/1990 · Fallos 81:176
- SchwammbergerCSJN · 20/03/1990 · Fallos 284:459
- SchwammbergerCSJN · 20/03/1990 · Fallos 293:64
- SchwammbergerCSJN · 20/03/1990 · Fallos 156:169
- SchwammbergerCSJN · 20/03/1990 · Fallos 259:231
- SchwammbergerCSJN · 20/03/1990 · Fallos 260:174
- SchwammbergerCSJN · 20/03/1990 · Fallos 307:1018
- SchwammbergerCSJN · 20/03/1990 · Fallos 308:887
- Ríos, ArgentinoCSJN · 09/02/1989
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