JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Francisco Antonio Maiorano

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata y concedió la extradición de Josef Franz Leo Schwammberger a la República Federal de Alemania para ser juzgado por delitos cometidos durante la Segunda Guerra Mundial. El Tribunal sostuvo que la República Federal es sucesora soberana del Reich alemán, que la prescripción se rige por la legislación del país requirente y que el ciudadano argentino naturalizado posteriormente al hecho puede ser extraditado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 313:254
Extradicion Sucesion de estados Reich aleman Prescripcion de la accion penal Orden publico Ley 1612 Ciudadania argentina Crimenes de guerra Genocidio Republica federal de alemania

Actor (recurrente/apelante): Josef Franz Leo Schwammberger, a través de su defensor Dr. Angel Siri.

Demandado / requerido: Josef Franz Leo Schwammberger, requerido por la República Federal de Alemania.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Extradición para ser juzgado por asesinato reiterado (y robo extorsivo reiterado, cuya prescripción fue declarada), cometidos durante la Segunda Guerra Mundial en territorio hoy polaco.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó el pronunciamiento de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata y se concedió la extradición por los delitos detallados en la orden de detención.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Jurisdicción: "...la República Federal de Alemania es, desde el punto de vista que aquí interesa, sucesora soberana del Reich alemán soberano, y a ello no obsta el desmembramiento del territorio del Reich alemán..."

Prescripción: "...según el arto 655, inc. 5º del Código de Procedimientos en Materia Penal 'la prescripción de la acción penal o de la pena deberá juzgarse según las leyes de la Nación requirente', y ... la existencia de diferencias en el modo de regular la prescripción por las leyes extranjeras, no implica necesariamente que estas soluciones diferentes sean contrarias al orden público criminal de la Nación."

Ciudadanía: "...conforme al art. 3º, inc. 1º de la ley 1612, no existe óbice para conceder la extradición de Schwammberger, quien recibió la ciudadanía argentina en 1965 y es requerido por delitos que habrían sido realizados entre 1941 y 1944."

Se abandona la doctrina de Fallos 266:137 y se retoma la de Fallos 81:176.

Nota: el Procurador General (Dr. Oscar Eduardo Roger) había dictaminado en igual sentido; no hubo disidencias en la votación.

Normas que cita

  • Ley 1612arts. 3, 9
  • Ley 21.526art. 49 · Entidades financieras
  • Decreto 1285/58art. 24
  • Ley 4055art. 3
  • CParts. 1, 67 · Codigo penal
  • CPMParts. 655, 669
  • CCivarts. 13, 14 · Codigo civil
  • Constitución Nacionalarts. 18, 31 · Constitucion nacional
  • Ley 13.569art. 67
  • Montevideo 1889 (Ley 3192)art. 19

Fallos que cita

  • Schwammberger s/ extradiciónCSJN · 20/03/1990 · Fallos 81:176
  • Schwammberger s/ extradiciónCSJN · 20/03/1990 · Fallos 266:137
  • Schwammberger s/ extradiciónCSJN · 20/03/1990 · Fallos 284:459
  • Schwammberger s/ extradiciónCSJN · 20/03/1990 · Fallos 293:64
  • Ventum, Giovanni Hallista s/ extradiciónCSJN · 20/08/1988
  • BohneCSJN · Fallos 265:219
  • Fallos 156:169CSJN
  • Fallos 259:231CSJN
  • Fallos 260:174CSJN
  • Fallos 42:409CSJN
  • Fallos 150:316CSJN
  • Fallos 166:173CSJN
  • Fallos 178:81CSJN
  • Ríos, Argentino y otrosCSJN · 09/02/1989
  • Fallos 307:1018CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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