JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Jase Maria Cantos

Un ex juez de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Provincia de Santiago del Estero fue declarado culpable de mal desempeño por el Jurado de Enjuiciamiento provincial y recurrió a la Corte federal. La Corte rechazó la queja por no haber agotado previamente las instancias del Superior Tribunal provincial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 312:253
Enjuiciamiento de magistrados Juicio politico Jurado de enjuiciamiento Mal desempeno Recurso extraordinario Recurso de queja Agotamiento de instancias locales Superior tribunal provincial Debido proceso Arto 14 ley 48

¿Quién es el actor?

José María Cantos (promotor del juicio político).

¿A quién se demanda?

Pedro Alberto José Velloso Colombres, ex juez de Instrucción en lo Criminal y Correccional de Cuarta Nominación de Santiago del Estero.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Juicio político por mal desempeño en el ejercicio de sus funciones.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó el recurso de hecho y se dio por perdido el depósito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los enjuiciamientos de magistrados no constituyen, en principio, ámbitos vedados al conocimiento de la Corte, en la medida en que se acredite lesión a la garantía del debido proceso, hipótesis en la cual el agravio encontrará su reparación en el ejercicio de la jurisdicción apelada del arto 14 de la ley 48."

"[...] el superior tribunal de provincia del que ha de provenir la sentencia definitiva susceptible de recurso extraordinario es, en principio, el 'órgano judicial erigido como supremo por la constitución de la provincia'."

"Las provincias son libres para crear las instancias judiciales que estimen apropiadas, pero no pueden vedar a ninguna de ellas y menos a las más altas, la aplicación preferente de la Constitución Nacional."

"[...] resulta imprescindible transitar exhaustivamente las instancias existentes en el orden local como recaudo de admisibilidad del remedio federal intentado, lo que no ha hecho el apelante [...] sin intentar la utilización de las vías locales que permitieran la consideración del asunto por el Superior Tribunal de la Provincia, lo que resulta suficiente para rechazar la presente queja."

Normas que cita

  • Constitución NacionalConstitucion nacional
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Ley 5559 (Santiago Del Estero)art. 23
  • Constitución (Santiago Del Estero)art. 191

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.