JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Raul Carbonaro c/ Secretarla de Justicla

Raúl Carbonaro fue sancionado con cesantía por la Secretaría de Justicia de la Nación por omitir denunciar una irregularidad en un expediente. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia que había anulado la sanción y ordenado la reincorporación del actor.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 311:2126
Revision judicial de actos administrativos Sancion disciplinaria Cesantia Estabilidad del empleado publico Control de legitimidad Oportunidad Merito o conveniencia Ley 22.140 Deber de denuncia Recurso extraordinario Secretaria de justicia

¿Quién es el actor?

Raúl Carbonaro.

¿A quién se demanda?

Secretaría de Justicia de la Nación (Estado nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación de la sanción de cesantía aplicada por la Administración y pedido de reincorporación.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y ordenó el reenvío para un nuevo pronunciamiento, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La potestad del Poder Judicial de revisar los actos administrativos comprende, como principio, el control de su legitimidad -que no excluye la ponderación del prudente y razonable ejercicio de las facultades de las que se hallan investidos los funcionarios competentes-, pero no el de oportunidad, mérito o conveniencia de las medidas adoptadas."

"Tratándose de aquellos actos mediante los cuales la Administración enjuicia y sanciona la conducta de sus empleados... en tanto el proceder del agente sea... susceptible objetivamente de justificar la desconfianza de sus superiores sobre la corrección con que presta el servicio, la separación del cargo no puede calificarse como arbitraria."

"La estabilidad en el empleo no impide la subsistencia de las facultades administrativas indispensables para la adecuada prestación de los servicios públicos; y que en el ejercicio de esas facultades ha de reconocerse a la autoridad competente una razonable amplitud de criterio..."

"...la Cámara ha excedido el límite de sus atribuciones al dejar sin efecto la sanción aplicada, pues llegó a tal decisión a raíz de una distinta valoración de los elementos de juicio incorporados al sumario, de su discrepancia con la magnitud de la medida disciplinaria y de una interpretación parcial de la norma que constituyó el fundamento legal del acto."

Sobre el art. 27, inc. "ff" de la ley 22.140: el deber de denunciar abarca "no solamente la existencia de todo acto o procedimiento susceptible de configurar un delito, sino también la de aquéllos que, simplemente, puedan causar un perjuicio al Estado".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Carbonaro, Raúl c/ Secretaría de JusticiaCSJN · Fallos 304:1335
  • Fallos 305:102CSJN

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