JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Juan Luis Garibaldi

El Estado Nacional cuestionó la sentencia de la Sala 3 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contencioso Administrativo que había anulado la cesantía de un agente diplomático por el uso irregular de vales de nafta. La Corte Suprema revocó la sentencia de Cámara y restableció la sanción, al considerar que el tribunal excedió sus atribuciones al revalorar las pruebas del sumario y discrepar con el encuadre legal de la conducta.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 304:1335
Actos administrativos Cesantia Empleado publico Inamovilidad Control judicial de la potestad disciplinaria Arbitrariedad manifiesta Division de poderes Servicio exterior Recurso extraordinario Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Juan Luis Garibaldi.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Secretaría de Estado de Comercio y Negociaciones Económicas Internacionales).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación de la resolución SECYNEI Nº 2297/80, que dispuso la cesantía del actor, dictada tras un sumario por la utilización irregular de vales de nafta suministrados por el gobierno italiano durante una misión diplomática en el exterior.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de Cámara, por lo que queda firme la sanción de cesantía. La decisión se adopta por remisión a los fundamentos del Procurador General, que la Corte comparte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien es incuestionable que el Poder Judicial se encuentra investido de la potestad de revisar los actos disciplinarios emanados de la Administración, también lo es que el ámbito posible de intervención de los magistrados sólo comprende, salvo el caso de arbitrariedad manifiesta, el control de su regularidad y no el de la conveniencia o razonabilidad de las medidas que los funcionarios competentes hayan adoptado en ejercicio de las facultades de que se hallan investidos por normas cuya validez no ha sido objetada."

"Ha declarado la Corte asimismo que el principio de inamovilidad en el empleo no impide la subsistencia de las facultades administrativas necesarias para la correcta preservación de los servicios públicos, materia que se vincula con el principio de división y autonomía de los poderes."

"[L]a Cámara excedió el límite de sus atribuciones al dejar sin efecto la sanción aplicada. Pienso así, pues [...] llegó a tal determinación a raíz de una distinta valoración de los elementos de juicio incorporados al sumario y de su discrepancia con el encuadre legal de la conducta del actor."

"En tales condiciones, el haberse decretado la cesantía podrá, en todo caso, constituir materia opinable, pero en manera alguna puede calificarse el acto de manifiestamente ilegal y arbitrario en los términos que la ley exige."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Ginart de Castex, Amelia s/resolución R.I. 207/79CSJN · 23/07/1981
  • Fallos 275:50CSJN
  • Fallos 278:131CSJN
  • Fallos 295:636CSJN
  • Fallos 250:418CSJN
  • Fallos 262:105CSJN
  • Fallos 259:191CSJN
  • Fallos 262:246CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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