JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Provincia de Santiago del Estero c/ Nacion Argentina Y/o Yacimientos Petroliferos.fiscales.

La Corte Suprema rechazó la acción promovida por la Provincia de Santiago del Estero para que se declarara legítima la tasa de inspección creada por la ley 5464 sobre combustibles. El Tribunal sostuvo que los gravámenes locales vedados por el régimen de coparticipación del Fondo de los Combustibles (ley 17.597) comprenden toda forma de tributación, por lo que la tasa resulta incompatible con dicho régimen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 311:193
Coparticipacion federal Combustibles liquidos Tasa de inspeccion Ley 5464 Ley 17.597 Facultades impositivas provinciales Igualdad tributaria Hermeneutica legal Competencia originaria Yacimientos petroliferos fiscales.

¿Quién es el actor?

Provincia de Santiago del Estero.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y/o Yacimientos Petrolíferos Fiscales.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cese de amenazas de no proveer carburantes y de sanciones a expendedores de combustibles si se aplicaba la ley provincial 5464, que creó una tasa del 5% sobre naftas y 2,5% sobre gas oil para el Departamento de Control de Combustibles.

¿Qué se resolvió?

rechazo de la pretensión de declaración de legitimidad del gravamen creado por la ley 5464, con costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"los gravámenes locales cuyo establecimiento resulta vedado, de acuerdo con el compromiso de adhesión al régimen de coparticipación, comprenden toda forma de tributación, y, por ende, la denominada tasa de inspección de que se trata en el caso. En efecto, si se admitiera su pretendida legitimidad se vendría a aceptar la existencia de cargas tributarias desiguales en jurisdicciones adheridas a dicho régimen, lo que resulta incompatible con la regla de igualdad señalada en el punto 4, y, además, se produciría simultáneamente una virtual modificación del precio oficial de venta de los combustibles líquidos derivados del petróleo, como consecuencia de incorporarse un gravamen adicional en colisión con lo previsto por la ley 17.597."

"Ello traduce el propósito de conservar la igualdad de imposición en todas las jurisdicciones, a raíz del beneficio que obtienen por su participación en el sistema."

"es principio de hermenéutica jurídica que debe preferirse la interpretación que favorece y no la que dificulta los fines perseguidos por la norma, y que en dicha tarea es menester evitar darles a las leyes un sentido que ponga en pugna sus disposiciones, destruyendo las unas por las otras, y adoptando como verdadero el que las concilie y deje a todas con valor y efecto."

Nota sobre la mayoría: el voto firmado por Fayt y Petracchi (considerandos 1º a 7º) es el que contiene la fundamentación transcripta y el que coincide con la parte resolutiva; los restantes ministros firman el decisorio.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Fallos 298:180CSJN
  • Fallos 297:142CSJN
  • Fallos 301:460CSJN
  • Fallos 306:1580CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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