JurisprudenciaARG
Corte Suprema

{{name}}

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

ahgentina (ministerio J)i~ Ecoi'\omia)", "headline": "Ana ~,1aria Filgueiha I)e Alvahez Y. Nacioi", "identifier": "Fallos 310:2117", "datePublished": "1981-10-20", "dateModified": "1981-10-20", "inLanguage": "es-AR", "author": { "@type": "Organization", "name": "" }, "publisher": { "@type": "Organization", "name": "JurisprudenciaARG", "url": "https://jurisprudenciaarg.com" }, "jurisdiction": { "@type": "AdministrativeArea", "name": "Argentina - Ciudad de Buenos Aires" }, "about": ["recurso extraordinario", "estabilidad en el empleo publico", "contratado", "planta permanente", "falta de accion", "acto propio", "sometimiento voluntario a regimen juridico", "control de constitucionalidad", "funcion publica", "ley 22.140"], "citation": "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, Corte Suprema, 20/10/1981, {{name}}, Expte. Fallos 310:2117, Ciudad de Buenos Aires", "isPartOf": { "@type": "Dataset", "@id": "https://jurisprudenciaarg.com/#dataset", "name": "Fallos Judiciales de Argentina - JurisprudenciaARG", "description": "Base de datos completa de fallos judiciales y jurisprudencia argentina, incluyendo sentencias de todos los fueros y jurisdicciones con análisis detallado y palabras clave relevantes.", "url": "https://jurisprudenciaarg.com", "license": "https://jurisprudenciaarg.com/terminos", "creator": { "@type": "Organization", "name": "JurisprudenciaARG", "url": "https://jurisprudenciaarg.com" } }, "hasPart": [ { "@type": "WebPageElement", "name": "Acceso al fallo completo", "isAccessibleForFree": false, "cssSelector": ".email-gate-section" }, { "@type": "WebPageElement", "name": "Otros fallos relacionados", "cssSelector": ".related-judgments" } ], "license": "https://jurisprudenciaarg.com/terminos", "isAccessibleForFree": false, "requiresSubscription": true, "description": "La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad." }
JurisprudenciaARG
Corte Suprema

{{name}}

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

ahgentina (ministerio J)i~ Ecoi'\omia)", "identifier": "Fallos 310:2117", "datePublished": "1981-10-20", "dateModified": "1981-10-20", "inLanguage": "es-AR", "author": { "@type": "Organization", "name": "" }, "publisher": { "@type": "Organization", "name": "JurisprudenciaARG", "url": "https://jurisprudenciaarg.com" }, "jurisdiction": { "@type": "AdministrativeArea", "name": "Argentina - Ciudad de Buenos Aires" }, "about": ["recurso extraordinario", "estabilidad en el empleo publico", "contratado", "planta permanente", "falta de accion", "acto propio", "sometimiento voluntario a regimen juridico", "control de constitucionalidad", "funcion publica", "ley 22.140"], "citation": "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, Corte Suprema, 20/10/1981, Ana ~,1aria Filgueiha I)e Alvahez Y. Nacioi, Expte. Fallos 310:2117, Ciudad de Buenos Aires", "isPartOf": { "@type": "Dataset", "@id": "https://jurisprudenciaarg.com/#dataset", "name": "Fallos Judiciales de Argentina - JurisprudenciaARG", "description": "Base de datos completa de fallos judiciales y jurisprudencia argentina, incluyendo sentencias de todos los fueros y jurisdicciones con análisis detallado y palabras clave relevantes.", "url": "https://jurisprudenciaarg.com", "license": "https://jurisprudenciaarg.com/terminos", "creator": { "@type": "Organization", "name": "JurisprudenciaARG", "url": "https://jurisprudenciaarg.com" } }, "hasPart": [ { "@type": "WebPageElement", "name": "Acceso al fallo completo", "isAccessibleForFree": false, "cssSelector": ".email-gate-section" }, { "@type": "WebPageElement", "name": "Otros fallos relacionados", "cssSelector": ".related-judgments" } ], "license": "https://jurisprudenciaarg.com/terminos", "isAccessibleForFree": false, "requiresSubscription": true, "description": "La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad." }
JurisprudenciaARG
Corte Suprema

{{name}}

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

ahgentina (ministerio J)i~ Ecoi'\omia), Expte. Fallos 310:2117, Ciudad de Buenos Aires", "isPartOf": { "@type": "Dataset", "@id": "https://jurisprudenciaarg.com/#dataset", "name": "Fallos Judiciales de Argentina - JurisprudenciaARG", "description": "Base de datos completa de fallos judiciales y jurisprudencia argentina, incluyendo sentencias de todos los fueros y jurisdicciones con análisis detallado y palabras clave relevantes.", "url": "https://jurisprudenciaarg.com", "license": "https://jurisprudenciaarg.com/terminos", "creator": { "@type": "Organization", "name": "JurisprudenciaARG", "url": "https://jurisprudenciaarg.com" } }, "hasPart": [ { "@type": "WebPageElement", "name": "Acceso al fallo completo", "isAccessibleForFree": false, "cssSelector": ".email-gate-section" }, { "@type": "WebPageElement", "name": "Otros fallos relacionados", "cssSelector": ".related-judgments" } ], "license": "https://jurisprudenciaarg.com/terminos", "isAccessibleForFree": false, "requiresSubscription": true, "description": "La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad." }
JurisprudenciaARG
Corte Suprema

{{name}}

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

ahgentina (ministerio J)i~ Ecoi'\omia) - JurisprudenciaARG" />
JurisprudenciaARG
Corte Suprema

{{name}}

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

ahgentina (ministerio J)i~ Ecoi'\omia) - JurisprudenciaARG" />
JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Ana ~,1aria Filgueiha I)e Alvahez Y. Nacioi

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

ahgentina (ministerio J)i~ Ecoi'\omia)

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Ver el fallo completo

Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

Crear cuenta Ver planes
ahgentina (ministerio J)i~ Ecoi'\omia)
JurisprudenciaARG
Corte Suprema

{{name}}

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

ahgentina (ministerio J)i~ Ecoi'\omia)", "headline": "Ana ~,1aria Filgueiha I)e Alvahez Y. Nacioi", "identifier": "Fallos 310:2117", "datePublished": "1981-10-20", "dateModified": "1981-10-20", "inLanguage": "es-AR", "author": { "@type": "Organization", "name": "" }, "publisher": { "@type": "Organization", "name": "JurisprudenciaARG", "url": "https://jurisprudenciaarg.com" }, "jurisdiction": { "@type": "AdministrativeArea", "name": "Argentina - Ciudad de Buenos Aires" }, "about": ["recurso extraordinario", "estabilidad en el empleo publico", "contratado", "planta permanente", "falta de accion", "acto propio", "sometimiento voluntario a regimen juridico", "control de constitucionalidad", "funcion publica", "ley 22.140"], "citation": "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, Corte Suprema, 20/10/1981, {{name}}, Expte. Fallos 310:2117, Ciudad de Buenos Aires", "isPartOf": { "@type": "Dataset", "@id": "https://jurisprudenciaarg.com/#dataset", "name": "Fallos Judiciales de Argentina - JurisprudenciaARG", "description": "Base de datos completa de fallos judiciales y jurisprudencia argentina, incluyendo sentencias de todos los fueros y jurisdicciones con análisis detallado y palabras clave relevantes.", "url": "https://jurisprudenciaarg.com", "license": "https://jurisprudenciaarg.com/terminos", "creator": { "@type": "Organization", "name": "JurisprudenciaARG", "url": "https://jurisprudenciaarg.com" } }, "hasPart": [ { "@type": "WebPageElement", "name": "Acceso al fallo completo", "isAccessibleForFree": false, "cssSelector": ".email-gate-section" }, { "@type": "WebPageElement", "name": "Otros fallos relacionados", "cssSelector": ".related-judgments" } ], "license": "https://jurisprudenciaarg.com/terminos", "isAccessibleForFree": false, "requiresSubscription": true, "description": "La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad." }
JurisprudenciaARG
Corte Suprema

{{name}}

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

ahgentina (ministerio J)i~ Ecoi'\omia)", "identifier": "Fallos 310:2117", "datePublished": "1981-10-20", "dateModified": "1981-10-20", "inLanguage": "es-AR", "author": { "@type": "Organization", "name": "" }, "publisher": { "@type": "Organization", "name": "JurisprudenciaARG", "url": "https://jurisprudenciaarg.com" }, "jurisdiction": { "@type": "AdministrativeArea", "name": "Argentina - Ciudad de Buenos Aires" }, "about": ["recurso extraordinario", "estabilidad en el empleo publico", "contratado", "planta permanente", "falta de accion", "acto propio", "sometimiento voluntario a regimen juridico", "control de constitucionalidad", "funcion publica", "ley 22.140"], "citation": "CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, Corte Suprema, 20/10/1981, Ana ~,1aria Filgueiha I)e Alvahez Y. Nacioi, Expte. Fallos 310:2117, Ciudad de Buenos Aires", "isPartOf": { "@type": "Dataset", "@id": "https://jurisprudenciaarg.com/#dataset", "name": "Fallos Judiciales de Argentina - JurisprudenciaARG", "description": "Base de datos completa de fallos judiciales y jurisprudencia argentina, incluyendo sentencias de todos los fueros y jurisdicciones con análisis detallado y palabras clave relevantes.", "url": "https://jurisprudenciaarg.com", "license": "https://jurisprudenciaarg.com/terminos", "creator": { "@type": "Organization", "name": "JurisprudenciaARG", "url": "https://jurisprudenciaarg.com" } }, "hasPart": [ { "@type": "WebPageElement", "name": "Acceso al fallo completo", "isAccessibleForFree": false, "cssSelector": ".email-gate-section" }, { "@type": "WebPageElement", "name": "Otros fallos relacionados", "cssSelector": ".related-judgments" } ], "license": "https://jurisprudenciaarg.com/terminos", "isAccessibleForFree": false, "requiresSubscription": true, "description": "La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad." }
JurisprudenciaARG
Corte Suprema

{{name}}

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

ahgentina (ministerio J)i~ Ecoi'\omia), Expte. Fallos 310:2117, Ciudad de Buenos Aires", "isPartOf": { "@type": "Dataset", "@id": "https://jurisprudenciaarg.com/#dataset", "name": "Fallos Judiciales de Argentina - JurisprudenciaARG", "description": "Base de datos completa de fallos judiciales y jurisprudencia argentina, incluyendo sentencias de todos los fueros y jurisdicciones con análisis detallado y palabras clave relevantes.", "url": "https://jurisprudenciaarg.com", "license": "https://jurisprudenciaarg.com/terminos", "creator": { "@type": "Organization", "name": "JurisprudenciaARG", "url": "https://jurisprudenciaarg.com" } }, "hasPart": [ { "@type": "WebPageElement", "name": "Acceso al fallo completo", "isAccessibleForFree": false, "cssSelector": ".email-gate-section" }, { "@type": "WebPageElement", "name": "Otros fallos relacionados", "cssSelector": ".related-judgments" } ], "license": "https://jurisprudenciaarg.com/terminos", "isAccessibleForFree": false, "requiresSubscription": true, "description": "La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad." }
JurisprudenciaARG
Corte Suprema

{{name}}

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

ahgentina (ministerio J)i~ Ecoi'\omia) - JurisprudenciaARG" />
JurisprudenciaARG
Corte Suprema

{{name}}

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

ahgentina (ministerio J)i~ Ecoi'\omia) - JurisprudenciaARG" />
JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Ana ~,1aria Filgueiha I)e Alvahez Y. Nacioi

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

ahgentina (ministerio J)i~ Ecoi'\omia)

La actora promovió acción procesal administrativa para ser reconocida como personal permanente con estabilidad tras la rescisión de su contrato de servicios con el Instituto de Obra Social. La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la excepción de falta de acción, por haber la actora aceptado voluntariamente un contrato sujeto a un régimen de inestabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2117
Recurso extraordinario Estabilidad en el empleo publico Contratado Planta permanente Falta de accion Acto propio Sometimiento voluntario a regimen juridico Control de constitucionalidad Funcion publica Ley 22.140

¿Quién es el actor?

Ana María Filgueira de Álvarez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Estado de Hacienda - Instituto de Obra Social.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación y cobro de haberes, con pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente con estabilidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido la excepción de falta de acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Procedencia formal: "media en el caso una sentencia que, sin ser la definitiva, cabe equiparar a tal por cuanto el aspecto procesal se confunde en el caso con la cuestión de fondo y, por tanto, de quedar firme, la apelante no podría hacer valer en juicio posterior su pretensión de ser reconocida como integrante de planta permanente, munida de estabilidad."

Régimen aplicable: "el arto 10 del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por la ley 22.140, limita la adquisición del derecho a la estabilidad al personal que ingresa como 'permanente' y que se haya desempeñado durante 12 meses en servicio efectivo."

Sometimiento voluntario: "el voluntario sometimiento, sin reservas expresas, a un régimen jurídico comporta un inequívoco acatamiento que determina la improcedencia de su impugnación ulterior, con base constitucional, mediante el recurso extraordinario."

Conclusión: "la aceptación de un contrato, presidido por un régimen permanente de inestabilidad, veda, en mi opinión, a la actora reclamar en su transcurso los derechos emergentes de la estabilidad en el empleo, dado que, de otro modo, se violenta el principio que impide venir contra los propios actos."

Ver el fallo completo

Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.

Crear cuenta Ver planes