RAISSIGUER, EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La parte actora reclamó el reajuste de su haber previsional contra la ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, declaró de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018 y del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018, e impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida.
¿Quién es el actor?
Eduardo Raissigquer.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales (reajustes varios).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; se declaró de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018, y del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018; se impusieron las costas de esta instancia a la demandada vencida; y se reguló honorarios de los profesionales intervinientes ante la alzada en el 30% de lo regulado en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Ingresando al estudio de la queja de la accionada en la cual solicita que se remplace el ISBIC por el RIPTE, en consonancia con lo dispuesto en la ley 27.260, el decreto 807/2016 y Resolución ANSeS 56/2018, los planteos efectuados, guardan analogía con lo resuelto por esta Sala, en los autos FRO 17753/2016 caratulado 'GEREZ, Jorge Omar c/ ANSeS s/ Reajuste de Haberes'..."
"En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018."
"Sobre el agravio vinculado a la validez constitucional de los topes, cabe señalar que la sentencia no ha declarado ninguna inconstitucionalidad, por lo que no hay agravio al respecto."
"En cuanto al agravio sobre las costas, este habrá de rechazarse por cuanto la jueza a quo aplicó el fallo 'Morales' de la CSJN y siendo que se hizo lugar a la demanda cursada por el actor no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota, por lo que cabe confirmar la imposición hecha."
"En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo'... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423..."
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Normas que cita
- Ley 27.260Reparacion historica para jubilados y pensionados
- Decreto 807/2016
- Resolución 56/2018
- Resolución 1/2018
- Decreto 157/2018art. 3
- Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- GEREZ, Jorge Omar c/ ANSeS s/ Reajuste de HaberesCFRosario Sala B · 27/11/2018
- BLANCO, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes VariosCSJN · 18/12/2018
- MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativoCSJN · 22/06/2023
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