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Cámara de Apelaciones

Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: LUNA, SOFIA LUCRECIA s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

Sofía Lucrecia Luna fue juzgada en juicio abreviado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, con el acuerdo de las partes en el que se modificó su grado de participación. El Tribunal Federal de Juicio n° 2 de Rosario hizo lugar a la solicitud, homologó el acuerdo y la condenó como partícipe secundaria a tres años de prisión de ejecución condicional y multa de treinta y cuatro unidades fijas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 020781/2023/TO02
Juicio abreviado 431 bis Trafico de estupefacientes Tenencia con fines de comercializacion Participe secundaria Homologacion Condena condicional Reglas de conducta Decomiso Ley 23.737

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal, representado por el Fiscal Federal Claudio Kishimoto y la Auxiliar Fiscal Magdalena Borgonovo.

¿A quién se demanda?

Sofía Lucrecia Luna, asistida por el defensor Néstor Antenucci.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

imputación original de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en calidad de autora (artículos 45 del Código Penal y 5° inciso c de la Ley 23.737), por 43 gramos de cannabis sativa secuestrados el 23 de marzo de 2024 en la vivienda de calle Rouillón n° 2191 de Rosario.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal homologó el acuerdo de juicio abreviado, condenó a Luna como partícipe secundaria a tres años de prisión de ejecución condicional, multa de treinta y cuatro unidades fijas y costas, le impuso reglas de conducta por tres años, la obligó a pagar la tasa de justicia de $4.700 y remitió el decomiso y el destino de la droga a lo resuelto en el Fallo nº 86/25 de la causa FRO 47261/2019/TO3.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la conducta desplegada por su defendida, resultaba absolutamente prescindible, y que el delito podría haberse cometido igual de no haber mediado su intervención." (planteo de la defensa, al que adhirió el Fiscal)

"de las constancias de autos se advierte que su participación consistía en colaborar en la venta de estupefaciente con Alan TRIPI, siendo éste en definitiva el propietario del material estupefaciente, que se comercializaba." (fundamento del Fiscal para modificar el grado de participación)

"Su intervención, se encuentra plenamente acreditada con el resto de las pruebas incorporadas al legajo ya descriptas en la presente sentencia, todo lo cual se consolida con el reconocimiento efectuado por la nombrada al celebrarse el acuerdo de juicio abreviado que motiva este pronunciamiento."

"visto que los argumentos ensayados para arribar al enfoque propuesto se cimientan en circunstancias comprobadas de la causa y aparecen exentos de arbitrariedad, la calificación legal deberá ajustarse a la propiciada por el acusador"

Normas que cita

  • Ley 23.737art. 5 inciso c · Modificacion al codigo penal
  • CParts. 26, 27 bis, 29 inciso 3°, 40, 41, 45, 46 · Codigo penal
  • CPPNarts. 32, 294, 399, 403, 431 bis, 530, 531, 533 · Codigo procesal penal

Fallos que cita

  • CSJN Fallos 311:948CSJN · Fallos 311:948
  • CSJN Fallos 302:1669CSJN · Fallos 302:1669

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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