JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

BENITEZ, ANGEL ANTONIO c/ OSPRERA s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo contra la Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina para obtener la cobertura de un implante coclear indicado por su médico tratante. La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes confirmó la sentencia que ordenó la cobertura integral del dispositivo prescripto, por considerar arbitrario que la obra social ofreciera un implante alternativo sin demostrar su equivalencia terapéutica.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
Fuero
FEDERAL DE CORRIENTES
Jurisdicción
Federal · Corrientes
Expediente
FCT 004133/2026/CA002
Amparo Implante coclear Discapacidad auditiva Obra social Cobertura integral Ley 24901 Prescripcion medica Arbitrariedad Derecho a la salud Honorarios.

¿Quién es el actor?

Á. A. B.

¿A quién se demanda?

OSPRERA (Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobertura integral y gratuita de implante coclear en oído derecho (sistema HiRes Ultra 3D con electrodo Mid-Scala y procesador Naida CI M90, Advanced Bionics), con cirugía, internación, insumos, medicación, rehabilitaciones y calibraciones posteriores, a realizarse por el Dr. Jorge Iglesias en Corrientes.

¿Qué se resolvió?

la Cámara rechazó el recurso de apelación de la demandada, confirmando el amparo; impuso las costas de Alzada a la demandada, reguló honorarios de la instancia y ratificó la regulación previa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Surge de las constancias agregadas al expediente que la demandada no le ha dado un tratamiento razonable al planteo del actor formulado extrajudicialmente, sobre la cobertura de la cirugía de implante coclear para oído derecho. Puedo ver que, ante la intimación de la actora al pedido de cobertura de implante coclear al órgano administrativo, la demandada contestó ofreciéndole un dispositivo diferente al indicado por el profesional tratante, sin justificar ni demostrar que el propuesto resulte equiparable al indicado por el galeno que lo asiste."

"[E]n tanto la cirugía de colocación de implante con las especificaciones indicadas fue solicitada y justificada por el médico tratante del actor entiendo que corresponde considerar su recomendación en tanto es quien está en mejores condiciones de analizar las necesidades concretas del paciente y evaluar el tratamiento más atinado para mejorar su calidad de vida."

"[L]a actitud asumida por la demandada es contraria a las normas citadas (...) y puso en riesgo la salud del actor al no brindarle una alternativa útil y eficaz dada la delicada condición de salud auditiva, verificándose, en consecuencia, un obrar arbitrario de la demandada."

Respecto de la sustentabilidad financiera, la Cámara sostuvo que la Ley 24901 impone a las obras sociales la cobertura total de las prestaciones básicas de personas con discapacidad, y que el análisis debe partir de la finalidad de rehabilitación y de la inclusión efectiva del afiliado.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 14 bis, 19, 28, 31, 33, 42, 43, 75 · Constitucion nacional
  • NACIONALarts. 11, 12 (Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), 6, 1) (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos), 1, 11, 16, 18 (Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre), 3, 25 (Declaración Universal de los Derechos Humanos), 4, 5, 8, 25 (Convención Americana sobre Derechos Humanos)
  • Ley 24.901arts. 1, 2, 4 y 6 · Discapacidad
  • Ley 16.986art. 14 · Amparo
  • Ley 27.423arts. 1, 2, 3, 15, 16, 19, 22, 24, 26, 30, 48, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNart. 68 (segundo párrafo) · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acordada CSJN 25/2026
  • Resolución CSJN 1785/2026
  • Resolución SGA 2372/2026
  • Acordada CSJN 10/2025

Fallos que cita

  • Fallos 330:4647CSJN
  • Fallos 332:1200CSJN
  • Fallos 313:579CSJN
  • Fallos 319:469CSJN
  • Fallos 320:326CSJN
  • ENTel e.l. c/ Tecsel S.A. s/ contrato administrativoCFCorrientes Sala · 21/12/2011

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