Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GONZALEZ BOIX, RICARDO JORGE s/HOMICIDIO CULPOSO (ART. 84 1° PARR. CONF. LEY 27.347) DENUNCIANTE: OESTERREICHER, ELIZABETH VILMA Y OTROS
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 12 condenó a Ricardo Jorge González Boix a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación especial por seis años para realizar cirugías como autor de homicidio culposo, por una lesión aórtica causada con un bisturí armónico durante una cirugía de Nissen. La Cámara de Casación rechazó el recurso de la defensa y confirmó la condena.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal y querellante (la causa es de acción pública; la víctima fue Miriam Soledad Oesterreicher, fallecida).
Demandado / imputado: Ricardo Jorge González Boix, médico cirujano.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
homicidio culposo (arts. 26, 29 inc. 3, 45 y 84 CP) por la muerte de la paciente durante una cirugía de Nissen por vía laparoscópica realizada el 11 de abril de 2018 en la Clínica Santa Isabel.
¿Qué se resolvió?
la Cámara rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y confirmó la sentencia condenatoria del TOCC nº 12, sin costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se verificó que González Boix violó un deber objetivo de cuidado, creó un riesgo no permitido o jurídicamente desaprobado para la vida de Oesterreicher, entre aquél y el resultado muerte de la paciente existió una relación de causalidad que no fue interrumpida por ningún comportamiento relevante para el derecho penal, en términos de imputación objetiva."
"La defensa no alcanzó a sembrar alguna incertidumbre sobre la acción de un tercero y que desencadenase en el resultado mortal, la lesión aórtica ha sido causado por acción de la propia mano del imputado. La única cuestión que no se ha logrado determinar ... reside en si se trató de una lesión por contacto o por aproximación del bisturí, empero lo cierto es que quién lo manipulaba no era otro que el cirujano imputado."
"Cabe efectuar una actividad intelectual, si por un momento, retiramos imaginariamente la acción González Boix durante la intervención, concluimos sin más que la aorta no hubiera sufrido lesión alguna y la paciente estaría con vida."
El Tribunal valoró que "a la tercera disección apareció el sangrado" y que "no hay evidencia en concreto que permita admitir [la tracción] como mecanismo probable de la lesión en este caso en particular".
La Cámara aclaró que, pese a los planteos de la defensa sobre la arteria supuestamente enferma, las pericias descartaron fibrosis y el fallo fue suficientemente motivado; y que, al no cuestionarse la calificación legal ni la pena, "el agravio es la medida del recurso".
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 26
- CParts. 26, 29, 45, 84 · Codigo penal
- CPPNarts. 23, 241, 263, 398, 465, 466, 468, 470, 471, 530, 531, 533 · Codigo procesal penal
- Constitución Nacionalarts. 8.2.h, 8.5 · Constitucion nacional
- PIDCParts. 14.1, 14.5
- Acordada 15/13
- Ley 27.347
Fallos que cita
- CasalCSJN · Fallos 328:3329
- Fallos 311:2045CSJN
- Fallos 302:284CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.