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Primera Instancia

SORAIRES RAMON ROBERTO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El litisconsorcio integrado por ex integrantes de la Policía Federal Argentina demandó a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de dicha fuerza para que incorpore a sus haberes de retiro los suplementos creados por distintos decretos, con carácter remunerativo y bonificable. El Juzgado hizo lugar a la demanda, reconociendo el carácter general de los suplementos y ordenando su incorporación al haber de pasividad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 4 - SECRETARIA Nº 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 068269/2014
Suplementos particulares Haber de retiro Caracter remunerativo y bonificable Policia federal argentina Decreto 2140/2013 Ley 21.965 Personal en actividad Generalidad del personal Sueldo Pasividad

¿Quién es el actor?

Soraires Ramón Roberto, Jara Pablo Alberto (fallecido, con sucesión en trámite) y San Nicolás Jorge Mario.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

incorporación al concepto "sueldo" con carácter remunerativo de los suplementos creados por los Decretos 2140/2013, 813/2014 y 968/2015, percibidos por la generalidad del personal militar en actividad.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la demanda; se ordenó a la demandada incorporar en el haber de retiro y/o pensión los suplementos con carácter "remunerativo" y "bonificable" dentro de 90 días desde la notificación electrónica, abonando las sumas adeudadas con interés de tasa pasiva promedio del Banco Central; las costas se impusieron a la demandada vencida y se regularon honorarios a la dirección letrada de la actora en el 12% del monto que perciba el actor, más IVA si correspondiere.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...he de reconocer el carácter general de los suplementos creados por las normas analizadas, con carácter remunerativo y bonificable, los que deberán integrar la base de cálculo para la determinación de los haberes de pasividad (Art. 96 de la ley 21.965), siempre que no hubiere recaído pronunciamiento judicial previo, desde la sanción del Decreto 2140/2013 y hasta la entrada en vigencia del Decreto 380/2017."

Se cita la doctrina de la CSJN en "Bosso, Fabián Gonzalo c/ EN- Mº de Seguridad – PFA" (24/09/19), según la cual los suplementos del Decreto 2140/2013 "comportan lisa y llanamente un aumento en la remuneración de la generalidad del personal policial en actividad", debiendo computarse en la base de cálculo de los suplementos porcentuales del haber mensual (Fallos: 326:928).

"...cualquier asignación que se otorgue al personal policial con carácter general debe incluirse en el rubro 'haber mensual'" (art. 75, ley 21.965).

Se reconocen intereses a tasa pasiva del Banco Central sobre las sumas devengadas.

Se declara que el Decreto 380/2017 derogó los suplementos creados por el Decreto 2140/2013, fijando el límite temporal de las diferencias.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Bosso, Fabián Gonzalo c/ EN- Mº de Seguridad – PFACSJN · 24/09/2019 · Fallos 326:928
  • Bovari de Díaz, Aída y otros c/ Estado NacionalCSJN · 04/05/2000
  • Villegas, Osiris G. y otros c/ Estado NacionalCSJN · 04/05/2000
  • Varela, Horacio Alberto c/ Caja de RetirosCFSS Sala I · 12/10/2017
  • Veidovsky, Rubén Hugo y otros c/ Caja de RetirosCFSS Sala II · 06/02/2018
  • Grossoli, Carmen Armanda y otros c/ Caja de Retiros

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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