Bosso, Fabián Gonzalo c/ EN - M° Seguridad - PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.
El tribunal confirmó que suplementos otorgados al personal policial con carácter remunerativo y no bonificable deben integrarse al haber mensual, al representar una parte sustancial de la remuneración.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Suplementos para el personal policial a los que se asignó carácter remunerativo y no bonificable
Decreto 2140/13
- Prueba producida que pone de manifiesto el carácter generalizado con el que se otorgan
- El carácter general de una asignación determina su inclusión en el haber mensual, sin que sea óbice para ello su calificación normativa
- Sumas que representan en promedio un 30 % del haber mensual bruto
- Parte sustancial de la remuneración
- Suplementos que no pueden ser considerados como particulares
- Aumento de carácter remunerativo
- Asignación incluida en el rubro "haber mensual"
- Se confirma la sentencia recurrida
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