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Primera Instancia

REPETTI MONICA INES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La jubilada Mónica Inés Repetti demandó a la ANSES reclamando el reajuste de su haber previsional por movilidad, la inconstitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609, de diversos decretos de emergencia y de los topes, además de bonos de refuerzo. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº 3 rechazó la demanda, consideró que las normas cuestionadas no vulneran el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y que los topes ya habían sido resueltos por una sentencia firme.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 3 - SECRETARIA Nº 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 033673/2025
Movilidad previsional Reajuste de haberes Ley 27.426 Ley 27.541 Ley 27.609 Inconstitucionalidad Cosa juzgada Leyes de emergencia Refuerzo previsional Derecho adquirido.

¿Quién es el actor?

Mónica Inés Repetti.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste por movilidad de un beneficio previsional otorgado bajo la Ley 24.241 (derecho adquirido el 06-05-2016), recálculo del haber, pago de diferencias retroactivas con actualización e intereses, declaración de inconstitucionalidad de las Leyes 27.426, 27.541 y 27.609, de los Decretos 163/2020, 495/2020, 542/2020, 692/2020, 899/2020 y 274/2024, de los topes legales y del art. 9 de la Ley 24.463, y otorgamiento de bonos de refuerzo previsional.

¿Qué se resolvió?

se rechazó la demanda; se impusieron las costas por su orden; se regularon honorarios de la dirección letrada de la parte actora en 5 UMAS ($529.955,00).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Cosa juzgada: "corresponde desestimar la excepción de cosa juzgada opuesta por la demandada" respecto de los períodos analizados, pero "debe estarse a lo allí resuelto" en cuanto a la inconstitucionalidad de los topes y del art. 9 de la Ley 24.463, "toda vez que se encuentran firmes y han pasado en autoridad de cosa juzgada".

Ley 27.426: "al haber efectuado una comparación parcial de ambos cuerpos normativos, no logra demostrar objetivamente, la irrazonabilidad de la nueva ley que intenta sostener". Respecto de la retroactividad: "no se observa que tal circunstancia genere al beneficiario una lesión en su derecho de propiedad".

Leyes de emergencia: "Con el dictado de las Leyes Nº 27.426 y 27.541 no resulta menoscabo de la propiedad protegida por el artículo 17 de la Constitución Nacional".

Decretos y Ley 27.609: "la sustitución del mecanismo de movilidad por otro de diferente naturaleza no irroga agravio constitucional alguno, pues no existe un derecho adquirido al mantenimiento de las leyes y reglamentaciones".

Bonos: "este deterioro no se corregirá otorgando beneficios a quienes el legislador excluye expresamente por razones de bien común general, sino incrementando el poder adquisitivo de las prestaciones".

Conclusión sobre inconstitucionalidad: "no surgen configurados agravios que justifiquen apartarse de la normativa cuyo desplazamiento se intenta, no corresponde hacer lugar al planteo de inconstitucionalidad de las normas mencionadas en el escrito de inicio, por no encontrarse conculcado el artículo 14 bis de la Constitución Nacional".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeSCSJN · 04/12/2025
  • Morales, Blanca Azucena c/ ANSeSCSJN · 22/06/2023
  • Pupelis, María Cristina y otrosCSJN · 04/05/1991
  • Bruno Hnos. S.C. y otroCSJN · 05/12/1992
  • Fernández Martínez, J.L. c/ Minetti J. y Cía. Ltda. S.A.CSJN · 29/10/1991
  • Nievas, Alicia Estela c/ ANSeSCFSS Sala I · 07/04/2021
  • Torterola, Jorge Nicolás c/ ANSeSCFSS Sala II · 08/06/2021
  • Zamponi, Cleia Ana c/ ANSeSCFSS Sala II · 04/12/1998
  • Francalancia, Ernesto c/ ANSeSCFSS Sala I · 29/12/1997

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