JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

SISTEMAS ELECTRONICOS DE TELECOMUNICACIONES SRL c/ PRISMA MEDIOS DE PAGO SA s/CESE DE USO DE MARCAS. DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara Civil y Comercial Federal, Sala III, confirmó el rechazo de la demanda por cese de uso de las marcas Prisma y Prisma Press y de la indemnización por daños y perjuicios promovida por Sistemas Electrónicos de Telecomunicaciones SRL contra Prisma Medios de Pago SA. Consideró que las actividades de las partes están suficientemente diferenciadas y que no se acreditó una infracción marcaria ni un aprovechamiento del prestigio de la actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 003180/2018/CA002
Marcas Cese de uso Infraccion marcaria Principio de especialidad Riesgo de confusion Danos y perjuicios Prescripcion Prisma Medios de pago Inpi

¿Quién es el actor?

Sistemas Electrónicos de Telecomunicaciones SRL (SET).

¿A quién se demanda?

Prisma Medios de Pago SA (PMP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cese en el uso del signo "Prisma", por infracción a las marcas "Prisma" (& diseño) y "Prisma Press" (clases 16, 35, 40 y 42), y reclamo de daños y perjuicios con intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fuera materia de agravio, por lo que se mantiene el rechazo de la demanda. Las costas de Alzada se distribuyen en el orden causado y se regularon honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Para así decidir, el a quo ponderó que las actividades de las partes se encuentran suficientemente diferenciadas y que no se había comprobado una infracción a los derechos marcarios de la accionante, ni una maniobra destinada a aprovechar el prestigio de sus signos."

"Los conflictos marcarios deben resolverse con especial apego a las circunstancias particulares de cada caso, puesto que en la enorme variedad de situaciones que se presentan en las relaciones comerciales, es necesario apreciar la totalidad de los elementos (...), a fin de tomar decisiones que contemplen los principios fundamentales de la legislación marcaria, en especial, la buena fe y la protección de los riesgos de confusión del público consumidor."

"El conocimiento de la marca ajena no basta para calificar de ilegítima la utilización de un signo que comparte su elemento denominativo, cuando no se ha demostrado que identifique prestaciones cuya proximidad pueda suscitar confusión respecto de su origen."

Sobre el daño: "la invocación de la facultad prevista en el artículo 165 del Código Procesal y del carácter que se atribuye al daño marcario no conmueve el fundamento de la sentencia, pues ambas cuestiones presuponen la comprobación de la conducta ilícita que aquí no se ha demostrado."

Sobre la prescripción: al confirmarse la inexistencia de infracción, el tratamiento de la excepción de prescripción "deviene abstracto", por lo que no se emite decisión sobre ella.

Normas que cita

  • Ley 22.362arts. 29, 36 · Marcas y designaciones
  • Ley 27.423arts. 14, 16, 20, 21, 26, 29, 30, 51, 58, 60 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNarts. 71, 165, 265 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Decreto 2536/15
  • Resolución SGA 2372/26

Fallos que cita

  • Marcas "Prisma" (IBM / Ricoh / PMP)CSJN · 10/09/1991 · Fallos 314:1048
  • Doctrina de la CSJN sobre "no está obligado a seguir todas las argumentaciones"CSJN · Fallos 258:304
  • Doctrina de la CSJN sobre "no está obligado a seguir todas las argumentaciones"CSJN · Fallos 262:222
  • Doctrina de la CSJN sobre "no está obligado a seguir todas las argumentaciones"CSJN · Fallos 272:225
  • Doctrina de la CSJN sobre "no está obligado a seguir todas las argumentaciones"CSJN · Fallos 278:271
  • Doctrina de la CSJN sobre "no está obligado a seguir todas las argumentaciones"CSJN · Fallos 291:390
  • Cámara Civil y Comercial Federal, Sala I, causas 16416/24 y 1093/12CCivComFed Sala I
  • Cámara Civil y Comercial Federal, Sala I, causas 10967/05 y 4923/07CCivComFed Sala I · 27/11/2018
  • Causas 4806/2014, 6715/2015 y 4211/09 (Sala I); 4309/2015, 7897/10 y 5088/11 (Sala II)CCivComFed

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