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Primera Instancia

FERRARESE, FABIO Y OTRO c/ ALMUNDO COM SRL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores demandaron a la agencia de viajes Almundo.com SRL y a tres aerolíneas por la cancelación de vuelos internacionales durante la pandemia de Covid-19 y el incumplimiento en la devolución de lo abonado. El Juzgado rechazó la demanda contra las aerolíneas y hizo lugar parcialmente a ella solo respecto de la agencia, condenándola a pagar el valor de los pasajes de los tramos Madrid/Milán/Madrid y Madrid/Barcelona/Madrid, sin daño moral ni daño punitivo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 4
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 003601/2023
Contrato de transporte aereo Pandemia covid-19 Cancelacion de vuelos Agencia de viajes Intermediacion Relacion de consumo Dano material Dano moral Dano punitivo Convenio de montreal.

¿Quién es el actor?

Fabio Ferrarese y María Fabiana Gómez.

¿A quién se demanda?

Almundo.com SRL, Aerolíneas Argentinas S.A., Alitalia Societa Aerea Italiana SPA y Air Europa Lineas Aereas S.A. (estas tres últimas citadas como terceros).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

restitución del valor de pasajes aéreos abonados ($139.371,34 por Aerolíneas Argentinas, $19.166,98 por Alitalia y $10.844,48 por Air Europa), daño moral por $1.000.000 y daño punitivo por $1.600.000, por la cancelación de vuelos durante la pandemia de Covid-19 y el incumplimiento de las gestiones de reintegro o reprogramación.

¿Qué se resolvió?

se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva planteada por Almundo.com SRL; se rechazó la demanda contra Aerolíneas Argentinas S.A., Alitalia y Air Europa; se hizo lugar parcialmente a la demanda contra Almundo.com SRL, condenándola a pagar la suma que resulte de la liquidación, con intereses. Las costas se impusieron a Almundo.com SRL, y en el caso de las aerolíneas se impusieron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Se sostuvo que la agencia de viajes se encuentra alcanzada por el régimen del art. 40 de la ley 24.240, con sujeción a la ponderación de la causa del daño. Se afirmó que "la codemandada Almundo posee la calidad de sujeto pasivo de la relación sustancial controvertida en autos".

Respecto de Aerolíneas Argentinas, se señaló que "no se ha demostrado una conducta incumplidora atribuible a la transportista ni a la agencia intermediaria", por lo que se rechazó la demanda en ese tramo.

Respecto de Alitalia, se indicó que "habiendo Alitalia actuado diligentemente, corresponde rechazar la demanda en su contra".

Respecto de Air Europa, se consideró que "no existen elementos que permitan concluir que Air Europa incumplió con su deber ante los actores".

Respecto de Almundo.com SRL, se fundó la responsabilidad en que "la responsabilidad de Almundo.com SRL surge de la desobediencia al parámetro diligencia que instaura la normativa consumeril", al no acreditar gestiones ulteriores ante Alitalia y no coordinar las reprogramaciones de los tramos intraeuropeos.

Se rechazó el daño moral por no haberse acreditado un agravio moral superior a las meras molestias propias de un incumplimiento contractual.

Se rechazó el daño punitivo por tratarse de un contrato de transporte aéreo internacional regido por el Convenio de Montreal, que sólo admite indemnizaciones compensatorias (art. 29), sin aplicación del art. 52 bis de la ley 24.240. Se desestimó asimismo el planteo de inconstitucionalidad del art. 52 bis, conforme al dictamen fiscal.

Se fijaron intereses a una tasa pura del 6% anual, computados desde el 26/04/2021 sobre $328.224 y desde el 10/09/2021 sobre $523.595, hasta la cotización de los pasajes, y luego la tasa activa del Banco de la Nación Argentina hasta el pago.

Normas que cita

  • Ley 27.563arts. 27, 28, 29 · Ley de sostenimiento y reactivacion productiva de la actividad turistica nacional
  • Ley 26.451Convenios
  • CCyCNarts. 1730, 7 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.240arts. 3, 40, 52 bis, 63 · Defensa del consumidor
  • Ley 18.829art. 4 · Agencias de viaje
  • Decreto 2.182/1972art. 4
  • Resolución 1532/98
  • CONVENIO DE MONTREAL (Internacional)arts. 22, 29
  • CPCCNarts. 94, 356, 377, 403, 477, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.999Defensa del consumidor

Fallos que cita

  • Almundo SRL s/ jurisprudencia Sala III, causas 4.114/2021 y 8.093CNCivComFed Sala III · 24/06/2021
  • Field, Tamara y otro c. Editando SRLCNCom Sala B · 05/07/2016
  • Chiapetta, Graciela Mónica y otros c/Iquique Turismo SACNCom Sala A
  • Leiva, Pablo c/ Asatej SRL s/DañosCámara 1ra Civil, Comercial, Minas, de Paz y Trib. de Mendoza · 28/07/2006
  • Grossi, José Juan c/ Caja Nacional de Ahorro y SeguroCNCCFed Sala II · 08/08/1995
  • CNCiv Sala K, causa 41.617/2014CNCiv Sala K · 27/02/2023
  • CNCCFed Sala I, causa 2534/2021 (voto en disidencia Nallar)CNCCFed Sala I · 12/11/2024

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