JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Cayetano Giardulli y Otrosv. Provincia de Buenos Aires

Se planteó un conflicto de competencia entre un juzgado nacional en lo civil y comercial federal y la Cámara Nacional Electoral por la revocación de una carta de ciudadanía obtenida presuntamente con fraude. La Corte Suprema resolvió que la competencia corresponde al juzgado civil y comercial federal, y ordenó remitir copias de las actuaciones a la Cámara de Apelaciones para investigar las demoras en el trámite.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 308:299
Competencia federal Carta de ciudadania Naturalizacion Nacionalidad Fraude Camara nacional electoral Juzgado civil y comercial federal Conflicto de competencia Sumario disciplinario Extradicion.

¿Quién es el actor?

Procurador Fiscal Federal (promotor de las medidas preparatorias).

¿A quién se demanda?

Pedro Ricardo Olmo y/o Walter Kutschmann (ex oficial nazi cuya carta de ciudadanía se cuestiona).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

determinar la nulidad o revocación de la carta de ciudadanía obtenida, supuestamente, mediante fraude en 1950.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró que el juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N° 9 debe seguir entendiendo en la causa; ordenó comunicar a la Cámara Nacional Electoral y enviar copias de las actuaciones a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal a fin de esclarecer las irregularidades en la tramitación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En la Capital de la República, la competencia federal se halla dividida entre múltiples juzgados de acuerdo con criterios de especialización, sin que esté precisado a cuál de ellos le toca conocer en la concesión de las referidas cartas... la práctica corriente... atribuye tales asuntos a los jueces en lo civil y comercial federal". Asimismo: "En la elección de una u otra de las posibilidades así abiertas no podrá prescindirse de razones materiales, atinentes a la actual organización de los tribunales nacionales que ejercitan la competencia federal en la Capital de la República y a las tareas que les están adjudicadas." Respecto de la irregularidad: "pese a los graves indicios que obran acerca de la existencia, prima facie, de fraude en la obtención de la carta de ciudadanía..., el trámite de éstos se ha demorado, en primera instancia, por once años".

¿Cómo votaron los jueces?

sostuvieron que "la naturalización implica la adquisición de la nacionalidad argentina, en cuyo goce permanece el naturalizado aunque no posea el de los derechos políticos. Ello significa que la cancelación de la carta de ciudadanía obtenida con fraude envuelve la pérdida de la nacionalidad argentina", y que la competencia debe atribuirse al fuero civil y comercial federal "a falta de normas expresas en esta materia".

Normas que cita

  • Ley 346arts. 1, 5, 6, 8, 9 · Ciudadania
  • Ley 23.059arts. 3, 4 · Nacionalidad y ciudadania
  • Ley 21.795arts. 7, 8 · Ciudadania
  • Ley 14.354art. 18
  • Ley 19.108arts. 4, 5 · Camara federal y contencioso-administrativo
  • Ley 13.998arts. 4, 41
  • Ley 1893art. 110
  • Ley 1612art. 3
  • Decreto 3213arts. 4, 6, 10, 12, 14, 15, 16
  • Decreto 1285arts. 24, 40
  • Decreto 2135
  • CPCCNart. 36 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacionalarts. 20, 67 inc. 11, 86 inc. 2, 101 · Constitucion nacional
  • Ley 20.835art. 9 · Ciudadania

Fallos que cita

  • Giardulli y otros c/ Provincia de Buenos AiresCSJN · 18/03/1986 · Fallos 147:252
  • Giardulli y otros c/ Provincia de Buenos AiresCSJN · 18/03/1986 · Fallos 154:283
  • Giardulli y otros c/ Provincia de Buenos AiresCSJN · 18/03/1986 · Fallos 203:185
  • Giardulli y otros c/ Provincia de Buenos AiresCSJN · 18/03/1986 · Fallos 257:105
  • Patricio c/ Provincia de Buenos AiresCSJN
  • Procurador Fiscal c/ OlmoCSJN · 18/03/1986 · Fallos 295:20
  • Fallos 297:320CSJN
  • Fallos 259:319CSJN
  • Fallos 227:874CSJN
  • Fallos 300:516CSJN
  • Fallos 297:142CSJN
  • Fallos 301:460CSJN
  • Fallos 302:1209CSJN
  • Fallos 288:342CSJN
  • Fallos 256:588CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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