FARIAS, ROQUE ANDRES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia que había reconocido a Roque Andrés Farías el recálculo de su haber previsional frente a la ANSES, fijando los lineamientos para ese recálculo. Confirmó el resto del fallo, incluida la aplicación del precedente Villanustre en la etapa de ejecución y el rechazo del planteo sobre el impuesto a las ganancias, y declaró desiertos los agravios sobre tasa de interés y Badaro.
¿Quién es el actor?
Roque Andrés Farías.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste y recálculo del haber previsional de un beneficio otorgado el 29/12/2015 bajo la Ley 24.241 con aportes dependientes; la ANSES había desestimado el reajuste por resolución del 19/12/2022.
¿Qué se resolvió?
la Cámara modificó la sentencia de primera instancia del 18/08/2023 y su aclaratoria del 13/09/2023 en cuanto al recálculo del haber inicial (fijando los lineamientos correspondientes), la confirmó en todo lo demás, declaró desiertos los agravios sobre tasa de interés del 6% y 1% adicional y sobre la aplicación de "Badaro", e impuso las costas de Alzada por su orden, regulando honorarios a la letrada de la parte actora en el 30% de lo regulado en la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Remuneraciones: "corresponde señalar que la cuestión sometida a debate ya ha sido objeto de estudio por esta Alzada" y "se debe valorar la fecha de obtención del beneficio y las pautas establecidas en los artículos 24 inc a) y 97 de la Ley 24.241 ... y actualizar las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive, conforme el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (I.S.B.I.C.)", criterio confirmado por la CSJN en "Blanco" (18/12/2018).
Villanustre: "este tope procederá si en la etapa de ejecución se comprueba que el haber recalculado supera el salario que percibe una persona que detenta igual cargo en actividad, recayendo la carga de la prueba ... en la Administración Nacional de la Seguridad Social", conforme Resolución ANSES 23/2004, Anexo I, art. 2.
Tasa de interés y "Badaro": "no corresponde entrar al tratamiento de dichos agravios, puesto que de la sentencia recurrida no surge que el sentenciante haya resuelto en el sentido mencionado" (arts. 265 y 266 CPCCN).
Art. 24 Ley 24.241 (planteo tratado en "Barrios"): "resulta adecuado lo resuelto por el Juzgador en la medida que se compruebe la aplicación de dicho precedente al caso concreto, ello en la etapa de ejecución".
Impuesto a las Ganancias: remisión al precedente "García, María Isabel" (CSJN, 26/03/2019), "Los argumentos dados autorizan a desestimar el planteo recursivo".
Costas: se aplica el art. 36 de la Ley 27.423 y el CPCCN; se declaró la inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley 24.463 en "Ramos" y "Cattaneo" (sentencia del 02/12/2015), y se remite a "Morales" (22/06/2023).
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 24, 97 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.423arts. 36, 30, 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNarts. 265, 266, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 20.628Impuestos a las ganancias
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- Resolución 23/2004art. 2 (Anexo I)
- Resolución 955/2008art. 2
Fallos que cita
- ElliffCSJN
- BadaroCSJN
- Villanustre, Raúl FélixCSJN · 17/12/1991
- Barrios, Idilio Anelio c/ ANSESCSJN · 21/08/2013
- Blanco, Lucio Orlando c/ ANSESCSJN · 18/12/2018
- García, María IsabelCSJN · 26/03/2019
- Morales, Blanca Azucena c/ ANSeSCSJN · 22/06/2023
- Ramos, Miguel Efraín c/ ANSESCFA Córdoba · 02/12/2015
- Cattaneo, Oscar c/ ANSESCFA Córdoba · 02/12/2015
- Munizaga, Ernesto Juan c/ ANSESCFA Córdoba · 03/03/2015
- Núñez, Marta Elena c/ ANSESCFA Córdoba · 12/03/2015
- Piazza, María Cristina c/ ANSESCFA Córdoba
- Ferrini, Luis Enrique c/ ANSESCFA Córdoba · 08/04/2019
- Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. c/ Estado nacionalCSJN · 11/02/2014
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