JurisprudenciaARG
Primera Instancia

LAVALLEN GONZALEZ PATRICIO LEANDRO C/ VAZQUEZ JONATAN FERNANDO Y OTRO/A S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra sus empleadores y las partes arribaron a un acuerdo transaccional. El Tribunal del Trabajo Nº 3 de General San Martín homologó el pacto de cuota litis y el acuerdo transaccional, con fuerza de cosa juzgada, imponiendo las costas a los codemandados por no existir obstáculo legal y haberse alcanzado una justa composición de la litis.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - SAN MARTIN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
51521
Homologacion Acuerdo transaccional Cosa juzgada Pacto de cuota litis Despido Costas Honorarios profesionales Ley 14.967 Justa composicion de la litis Tasa de justicia

¿Quién es el actor?

PATRICIO LEANDRO LAVALLEN GONZÁLEZ.

¿A quién se demanda?

JONATAN FERNANDO VÁZQUEZ y ELIZABETH DEL LUJAN BIRAMONTES CASTRO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por despido (expediente N° 51521).

¿Qué se resolvió?

el tribunal homologó el pacto de cuota litis celebrado entre el actor y su letrada apoderada, de conformidad con la ratificación personal del 26/5/2026 (art. 56, Ley 27.802). Homologó con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo transaccional del 1/10/2026, impuso las costas a los codemandados (art. 24, Ley 15.057), reguló honorarios a las letradas intervinientes (45,10 Jus Arancelarios cada una, con Jus de $53.232), intimó a los codemandados al pago de la tasa de justicia ($277.200) y ordenó comunicaciones a la Caja de Previsión de Abogados y a la Receptoría General de Expedientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no surge del análisis de autos, obstáculo legal alguno que impida su homologación, considerando que se ha logrado una justa composición de la litis.-"

"Homologar con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo transaccional celebrado en fecha 1/10/2026, por considerar que de las constancias del presente juicio, de las explicaciones dadas por cada uno de los litigantes, como así también de las bases del mismo no surge obstáculo legal alguno, habiéndose alcanzado una justa composición de la litis (art. 15 LCT., art. 30, Ley 15057 - art. 309 y ss. CPCC. y art. 89, Ley 15057).-"

"Tener presente el compromiso asumido por ambas partes en la claúsula: "QUINTO" del acuerdo transaccional presentado.-"

Normas que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.