BRUSETTA GERMAN GONZALO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo contra su aseguradora de riesgos del trabajo, reclamando la indemnización por una incapacidad psicofísica permanente. El Tribunal hizo lugar a la demanda por mayoría, con actualización del crédito conforme al RIPTE y declaración de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928.
¿Quién es el actor?
GERMÁN GONZALO BRUSETTA.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por infortunio laboral ocurrido el 19/12/2016, que el actor vincula a una incapacidad psicofísica parcial y permanente.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal declaró abstracto el tratamiento de la falta de legitimación pasiva, declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad al caso del art. 7 de la ley 23.928 (según ley 25.561), hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora al pago de $7.800.028,28 dentro de diez días de notificada. Impuso costas a la demandada y reguló honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La dolencia sufrida por el accionante como consecuencia del siniestro padecido, se encuadra en el concepto típico de accidente previsto en el art. 6 inc. 1. de la ley 24.557 y, por lo tanto, constituye una de las contingencias que la citada normativa ampara, no dándose ninguno de los supuestos de exclusión previstos en el inc. 3 del art. 6 de la LRT."
"Dicha reparación deberá calcularse según la ley 24.557, Dec. 1694 y ley 26.773, vigente a la fecha del accidente (diciembre de 2016)."
Respecto de la pericia psicológica, la Dra. Hidalgo redujo la concausalidad laboral al 30% por considerar que el nexo era "concausal indirecto", fijando la incapacidad psicológica en un 3% de la T.O., y dejó sentado que el actor continuó trabajando y luego ingresó a otras empresas.
La Dra. Canale, cuya postura sobre actualización quedó en minoría en cuanto al sistema de intereses y al art. 55 de la ley 27.802, adhirió a la mayoría con esa reserva y propuso, en el punto de actualización, declarar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 7 de la ley 23.928 y aplicar el índice RIPTE, atento los precedentes "Muzychuk" (L.129.800) y "Galarza" (L.132.729) de la SCBA.
La Dra. Boxler adhirió a la sentencia con la actualización propuesta por la Dra. Canale.
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Normas que cita
- Ley 24.557arts. 6, 11, 12, 14 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773arts. 1, 2, 3, 8 · Riesgos del trabajo
- Decreto 1694/09art. 3
- Ley 23.928art. 7 · Convertibilidad del austral
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Ley 27.802art. 55 · Ley de modernizacion laboral
- Ley 27.348art. 17 · Riesgos del trabajo
- Ley 26.950Convenios
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 24, 57
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 10, 15, 22, 43, 51
- Ley 10.620 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 13.750 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 24.432Honorarios profesionales
- CCCNarts. 552, 730, 768, 770 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Resolución 387/2016
Fallos que cita
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- GalarzaSCBA · 30/03/2026
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