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Primera Instancia

PIETROBON NATALIA PATRICIA C/ MONZON MAURICIO JAVIER Y OTRO/A S/ DESPIDO

La actora demandó por despido indirecto y deficiente registración a dos codemandados que negaron la relación laboral. El Tribunal de Trabajo N° 3 de Campana tuvo por acreditado el vínculo y hizo lugar parcialmente a la demanda, con condena solidaria por rubros indemnizatorios y por la entrega de certificados de trabajo, rechazando los rubros de vacaciones en abstracto, art. 2 de la ley 25.323 y art. 80 de la LCT.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - CAMPANA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
1040
Despido indirecto Deficiente registracion Ley 24.013 Relacion laboral no reconocida Carga de la prueba Intimacion previa Certificados de trabajo Actualizacion ley 27.802 Solidaridad Prescripcion bienal.

¿Quién es el actor?

NATALIA PATRICIA PIETROBON, representada por el Dr. Marcelo Maximiliano Petrossi.

¿A quién se demanda?

MAURICIO JAVIER MONZÓN y ADRIÁN HORACIO BRONTES BIANCHI, representados por el Dr. César Martín Franzanti.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones derivadas de despido indirecto, rubros salariales y de liquidación final, indemnizaciones de los arts. 8 y 15 de la ley 24.013, art. 2 de la ley 25.323, art. 80 de la LCT y entrega de certificados de trabajo.

¿Qué se resolvió?

se declaró abstracto el planteo de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y el pedido de aplicación del fallo "Barrios" de la SCBA. Se rechazaron las excepciones de prescripción y de falta de legitimación pasiva. Se rechazaron los reclamos por "Art. 150 LCT - Vacaciones", art. 2 de la ley 25.323 y art. 80 de la LCT. Se hizo lugar a la demanda por la suma de $50.194.665 (con actualización conforme art. 55 de la ley 27.802), en forma solidaria, y se condenó a presentar los certificados de trabajo en 30 días bajo apercibimiento de sanción conminatoria. Se impusieron costas a los demandados vencidos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De conformidad con las posturas asumidas por las partes con los escritos constitutivos del proceso, toda vez que fue negada expresamente por los accionados la relación laboral denunciada por la actora, pesaba sobre esta última la prueba que acredite los extremos de sus dichos (conf. arts. 375 CPCC y 89 ley 15.057)."

"En virtud de lo analizado, juzgo legítimo y ajustado a derecho el despido indirecto en el cual se consideró incursa la actora (art. 242 LCT), de conformidad con los hechos aquí acreditados; en consecuencia, el mismo debe ser resarcido en los términos de los arts. 245, 232 y 233 de la LCT, con más la incidencia del sueldo anual complementario (SAC) sobre los mismos, conforme lo peticionado por la parte actora."

"En relación a las indemnizaciones reclamadas con fundamento en los arts. 8 y 15 de la ley 24.013, toda vez que en fecha 22/09/2015 la actora remitió la pertinente comunicación a la AFIP (conf. fs. 7 y 8), habiendo quedado acreditada en autos la falta de registración laboral del vínculo de trabajo existente entre la accionante y los Sres. MONZÓN y BRONTES BIANCHI y cumplido la actora con las formalidades requeridas por la ley 24.013, auspicio hacer lugar a los rubros en estudio."

"[...] la conducta que sanciona esta norma [art. 2 ley 25.323] es una actitud omisiva posterior, una renuencia contumaz al cumplimiento de la obligación. Esta es la razón por la que exige la intimación previa al incumplimiento, lo que en la especie no se ha efectuado [...]."

"[...] ante la falta de intimación fehaciente y necesaria dentro de los parámetros legales [...] auspicio el rechazo de la presente indemnización (art. 726 CCCN)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Bocca, Gustavo Adolfo c/ H.S.B.C. Bank Argentina S.A. s/ Diferencia IndemnizaciónSCBA · 15/08/2018
  • BarriosSCBA

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