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Primera Instancia

WILLIAMS ALBA NERI C/ IOMMI MARTIN EDUARDO y otro/a S/ DESPIDO

La trabajadora demandó a los empleadores por diferencias salariales, vacaciones, indemnizaciones y multas tras un despido indirecto por falta de registración de la relación laboral. El Tribunal hizo lugar a los rubros indemnizatorios y salariales adeudados por $6.294.379 y ordenó la entrega de certificados de trabajo, rechazando las multas de los artículos 80 LCT y 8 de la ley 24.013 por falta de intimación fehaciente y por extemporaneidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - CAMPANA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
4141
Despido indirecto Falta de registracion laboral Rebeldia Salarios adeudados Vacaciones proporcionales Indemnizacion por antiguedad Certificados de trabajo (art. 80 lct) Multa art. 8 ley 24.013 Actualizacion ley 27.802 Intimacion fehaciente.

¿Quién es el actor?

ALBA NERI WILLIAMS, quien ingresó el 08/12/2014 y se consideró despedida el 06/09/2018.

¿A quién se demanda?

MARTÍN EDUARDO IOMMI y VÍCTOR IOMMI, rebeldes en el proceso.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

salarios adeudados, vacaciones, SAC, indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, multas de los arts. 80 LCT, 45 ley 25.345 y 8 ley 24.013, y entrega de certificados de trabajo.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a los rubros salariales e indemnizatorios por la suma de $6.294.379, con actualización según ley 27.802; se condena a entregar certificados de trabajo bajo apercibimiento de sanción conminatoria; se rechazan las diferencias salariales, las vacaciones no gozadas de 2017 y las multas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Del racconto realizado supra en el punto 2.- b) en relación al intercambio telegráfico acompañado al inicio y el estado de rebeldía decretado sobre ambos accionados en estas actuaciones, tengo por acreditados los extremos denunciados en el libelo de inicio en relación a la fecha de ingreso de la actora (operada el día 08/12/2014)..."

"...frente a la pertinente intimación cursada por la accionante a los fines de que los demandados registren la relación laboral, ante el rechazo de los envíos postales a ellos dirigidos, asistió a la trabajadora razón suficiente para considerarse gravemente injuriada y despedida por la exclusiva culpa de sus empleadores (conf. arts. 242, 245 y ccdts. ley 20.744)..."

"...no consta acreditado en autos que tal falta de goce obedeciera a la exclusiva culpa de sus empleadores... de manera que, no pudiendo ser fungibles las vacaciones no gozadas por dinero... corresponde rechazar el presente ítem (art. 726 CCCN)."

"...la procedencia de tal indemnización queda supeditada al reclamo formal y por medio fehaciente luego de fenecido el vínculo laboral... la accionante no intimó fehacientemente a los demandados en momento alguno para que los mismos procedan a su pertinente entrega."

"...el envío en cuestión no cumple con los requisitos establecidos en el art. 11 de la ley 24.013 que establece que la misma debe ser remitida dentro de las 24 horas de intimado el empleador... recién remitió la pieza postal a la AFIP el 29/10/2019, de manera totalmente extemporánea."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Bocca, Gustavo Adolfo c/ H.S.B.C. Bank Argentina S.A. s/ Diferencia IndemnizaciónSCBA · 15/08/2018

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