DE LOS SANTOS PABLO HERNAN C/ PROVINCIA ART S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El Dr. Pablo Hernán de los Santos promovió la determinación judicial de honorarios por su actuación extrajudicial ante la Comisión Médica Nº 124 de Azul, en un trámite por rechazo de la contingencia de la Ley 27.348 en favor de María Cristina Pérez. El Tribunal reguló sus honorarios en 7,50 JUS a cargo de la aseguradora demandada, por haber intervenido en un procedimiento que adquirió autonomía al determinarse el carácter laboral del siniestro.
Demandante (Actor): Dr. Pablo Hernán de los Santos, letrado que asistió a la damnificada María Cristina Pérez en el trámite administrativo SRT 104233/21.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A., aseguradora de riesgos del trabajo, representada por la Dra. Julieta Benvenuto.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios por trabajos extrajudiciales en sede administrativa, conforme el art. 55 de la Ley 14.967, tras la aceptación por la Comisión Médica del carácter laboral de la contingencia.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal reguló los honorarios del Dr. Pablo Hernán de los Santos en 7,50 JUS, con más el 10% de la Ley 10.268 e IVA si correspondiere, a pagar por la demandada dentro de los diez días de firme la sentencia, e impuso las costas a la demandada. Asimismo, reguló los honorarios de ambos letrados por el presente trámite de determinación en 1,45 JUS cada uno.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Expuestos brevemente los antecedentes del caso, revisadas las íntegras actuaciones administrativas se vislumbra que el indicado procedimiento adquiere plena entidad y utilidad con relación al motivo de inicio, desde que es aceptada por la CMJ el carácter laboral de la contingencia; pues, el damnificado intervino con la debida asistencia técnica que le permite transitar el procedimiento obligatorio impuesto por la reglamentación; habiéndose consumido el objeto/motivo con el dictamen emitido por el Servicio de Homologación validando el procedimiento y el posterior archivo de las actuaciones, consumándose así el objeto que le dio razón de ser al trámite administrativo."
"Por lo que corresponde valorar la actuación profesional en el indicado procedimiento que adquirió singularidad y autonomía permitiendo la obligada y necesaria intervención del profesional letrado, tratándose de una obligación de medios y no de resultado."
"Sin necesidad de otras consideraciones, por el trámite administrativo sometido a evaluación y consideración, sin contar con base económica, corresponde regular los honorarios del Dr. PABLO HERNAN DE LOS SANTOS, teniendo presente el mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada, en 7.50 Jus."
La demandada había sostenido que la determinación del carácter laboral no implica una incapacidad, por lo que la regulación resultaba improcedente conforme el art. 1 de la Ley 27.348; el Tribunal desestimó ese planteo.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 7, 16, 21, 22, 36, 37, 43, 44, 54, 55
- Ley 27.348art. 1 · Riesgos del trabajo
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 24
- Ley 10.268 (Provincia De Buenos Aires)art. 2
- Resolución 298/2017arts. 36, 37
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 143
- CCivart. 552 · Codigo civil
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.