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Primera Instancia

CATALANO, LUIS MARIO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra la ANSeS para el reajuste del haber previsional otorgado bajo la ley 24.241 y su movilidad posterior. El Juzgado Federal de Rosario N° 2 hizo lugar a la demanda, ordenó el pago del haber recalculado con diferencias retroactivas desde el 23/02/2025 e impuso las costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE ROSARIO 2
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 026156/2025
Reajuste previsional Haber inicial Movilidad Ley 24.241 Anses Prescripcion bienal Intereses tasa pasiva Topes Costas Ley 27.426.

¿Quién es el actor?

Luis Mario Catalano.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber inicial determinado sin la debida actualización de las remuneraciones en actividad, correcta liquidación de las prestaciones y su posterior movilidad, respecto de un beneficio adquirido al amparo de la ley 24.241.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se ordenó a la ANSeS pagar el haber recalculado y las diferencias retroactivas conforme las pautas de los considerandos. Se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios de la parte actora por ausencia de base arancelaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Haber inicial: "Se verifica que las cuestiones a dirimir en la causa mencionada son sustancialmente análogas a las resueltas por este Juzgado en los autos 'VERA LUIS C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS' Nº 60223/2017 en fecha 21/07/2020". Si el beneficio se adquirió bajo la ley 27.426, "se estará a la pauta de actualización prevista por el art. 3 de dicha ley o – de corresponder - por la ley 27.609 y disposiciones reglamentarias. Así recalculado el haber inicial -en ningún caso podrá resultar una suma inferior a la efectivamente percibida, y la mayor de ambas será la base de la movilidad a calcular."

Movilidad: "Atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, deberá estarse a lo dispuesto por las leyes 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609 y, sus demás normas reglamentarias y eventuales modificaciones." Se fijan pautas por tramos: de marzo de 2009 a septiembre de 2017 (ley 26.417); de marzo de 2018 a febrero de 2020 (ley 27.426); de marzo de 2020 a febrero de 2021 (ley 27.541); y desde marzo de 2021 (ley 27.609).

Prescripción: "Corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo de reajuste de haberes (conf. art.82 de la ley 18.037)". Como el reclamo es de fecha 28/08/2025, las diferencias se liquidan desde el 23/02/2025 hasta el efectivo pago, descontando los pagos realizados en el marco de la ley 27.260.

Intereses: Se aplicará la tasa pasiva promedio que publica el B.C.R.A. sobre la suma resultante, y, en caso de mora, la tasa pasiva mensual dispuesta por el comunicado N°14290 del B.C.R.A.

Topes: "Corresponde diferir el tratamiento de dicho planteo para el momento procesal oportuno", conforme la doctrina de la CSJN en "Monzo, Felipe J. c/ ANSES", y la inconstitucionalidad se analizará en la etapa de liquidación.

Inconstitucionalidades varias: se rechazan por falta de suficiente fundamentación, con cita de Fallos 252:328; 258:255; 276:303; 274:423, y por la doctrina de que la declaración de inconstitucionalidad es "ultima ratio".

Ganancias: se adhiere a la CSJN in re "García, María Isabel c/ AFIP" (Fallos 342:411).

Costas: "toda vez que supone una derogación tácita de lo dispuesto en el art. 21 de la ley 24.463 corresponde imponer las mismas a la parte demandada", con cita del precedente "Morales, Blanca Azucena c/ ANSES" (CSJN, 22/06/2023) sobre el art. 36 de la ley 27.423.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 26.417Prestaciones previsionales
  • Ley 27.426art. 3 · Reforma previsional
  • Ley 27.541Emergencia publica
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.153art. 2 · Solidaridad previsional
  • Ley 27.260Reparacion historica para jubilados y pensionados
  • Ley 11.672Permanente de presupuesto
  • Ley 27.423arts. 2, 36, 52 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Constitución Nacional
  • Acordada 10

Fallos que cita

  • Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSESCSJN · 11/11/2014
  • Monzo, Felipe J. c/ ANSESCSJN · 15/08/2006
  • Alonso, Juan José c/ ANSeSCSJN · 04/09/2007
  • García, María Isabel c/ AFIPCSJN · Fallos 342:411
  • Morales, Blanca Azucena c/ ANSESCSJN · 22/06/2023
  • Actis CaporaleCSJN
  • Pupelis, María Cristina y otrosCSJN · 04/05/1991
  • Bruno Hnos. S.C. c/ Adm. Gral. de AduanasCSJN · 05/12/1992
  • Vera, Luis c/ ANSESJuzgado Federal Rosario 2 · 21/07/2020
  • Calderón, Aníbal Norberto c/ ANSESCFAR Sala A · 25/08/2022
  • Alazraki, Eric Ariel c/ EN-AFIPCSJN · 02/09/2021
  • García Blanco, Esteban c/ ANSeSCSJN · 06/05/2021
  • SpitaleCSJN · 14/09/2004
  • Varani de Arizzi, BonafineCSJN · 14/09/1993
  • López, Osvaldo Ricardo c/ ANSESCFAR

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